El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) desea alentar públicamente los esfuerzos desplegados actualmente, por el Ejecutivo Nacional, para la satisfacción del derecho a la vivienda digna de miles de familias venezolanas, actualmente sin techo propio o en situación de hacinamiento o alto riesgo. El reconocimiento del rezago en el cumplimiento de sus propias metas, así como de la gravedad del déficit habitacional en el país, motivó al primer mandatario a declarar la situación como “problema de Estado” y asumir, personalmente, la promoción de políticas públicas para revertirla, lo cual ha generado amplias expectativas a miles de personas sin casa propia

 

En este sentido además de la creación de la llamada “Misión Vivienda Venezuela”, la cual tiene como objetivo la creación de dos millones de viviendas antes del año 2018 [1] y una meta de construcción para el 2011 estimada en 150.000 unidades, se han promulgado nuevos instrumentos jurídicos para garantizar este derecho. Las mismas son: Ley de Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela; Ley de Refugios Dignos; Ley de Emergencia para Terrenos Urbanos y Vivienda; Reforma a la Ley de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos y Periurbanos y la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.

 

Desde la perspectiva de los derechos humanos estas normas encuadran dentro de los estándares internacionales que componen el derecho a una vivienda adecuada, incluyendo aspectos como la seguridad jurídica de la tenencia, disponibilidad de servicios; habitabilidad y asequibilidad. Por ejemplo, la Ley Contra el Desalojos incorpora sugerencias realizadas por Naciones Unidas para prevenir y evitar violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, desde Provea deseamos alertar que no todos los artículos son apropiados, y algunos, debido a su redacción, despiertan dudas acerca de su constitucionalidad, y otros se solapan debido a que norman situaciones similares.

 

Sin embargo, a la par de las señales de voluntad política para garantizar el derecho a la vivienda digna, algunos de los anuncios realizados desconocen las políticas promovidas en años anteriores, repitiendo énfasis cuestionados en el pasado. Por ejemplo, el anuncio de construir una “red de pequeñas y medianas ciudades al sur, este y suroeste de la Gran Caracas” como estrategia para aliviar el déficit habitacional contradice los objetivos planteados para la Misión Villanueva, los cuales eran disminuir los desequilibrios territoriales modificando el patrón de doblamiento a través de la descentralización y la diversificación de la actividad económica, mediante la creación de las llamadas “ciudades socialistas”.

 

La satisfacción del derecho a vivienda y hábitat no puede reducirse a una visión cuantitativa y viviendista de número de casas a construir o mejorar. El disfrute del derecho a hábitat digno implica alcanzar gradualmente el equilibrio territorial, la incorporación de la población a la producción dentro de los planes de desarrollo de la nación, la participación social en los procesos de conformación del hábitat como manifestación cultural, la adecuación e invulnerabilidad de los asentamientos ante los riesgos por eventos naturales, la cobertura de equipamiento comunitario e infraestructura de servicios, así como la calidad ambiental de seguridad estructural y de condiciones higiénicas de la vivienda. Es decir, una visión sustentable de producción del hábitat como un proceso participativo, progresivo e integral que incorpore a todos los actores a través de reglas y planes a corto, mediano y largo plazo.

Finalmente, consideramos que frente a los anuncios gubernamentales de dotación de vivienda a más de 150.000 familias para este año, se deben adoptar mecanismos que garanticen transparencia en el proceso. Sugerimos que el gobierno en la página web del Ministerio de la Vivienda y Hábitat publique el listado de familias beneficiadas, lugar y cantidad de viviendas asignadas trimestralmente, informe del desarrollo de los urbanismos culminados y en construcción de tal manera que facilite la contraloría social por parte de la población particularmente de las familias damnificadas y evite hechos de corrupción que afecten el propósito de la Misión Vivienda.


[1] Chavez.org.ve: “Chávez: “Misión Vivienda Venezuela” se inaugurará el 12 de abril” (en línea) http://www.chavez.org.ve/temas/noticias/chavez-%E2%80%9Cmision-vivienda-venezuela%E2%80%9D-se-inaugurara-12-abril/

 

26.05.11 Prensa Provea

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