Observatorio Venezolano de Conflictividad Social

La resolución conjunta de los ministerios del Poder Popular para Relación es Interiores, Justicia y Paz y para la Defensa, N° 179 y 012245 respectivamente, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.798 de fecha 27 de noviembre de 2015, vulnera el derecho humano a la manifestación pacífica.

En la resolución se suspenden de manea temporal las “reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar”. La medida inicia desde el “día sábado cinco (05) de diciembre de 2015, a las 18:00 horas (6:00 pm) hasta el día lunes siete (7) de diciembre de 2015, a las 18:00 horas (6:00 pm)”.

El Estado de Venezuela debe garantizar el derecho humano a la manifestación pacífica establecido en el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Incluyendo las reuniones, manifestaciones públicas y concentraciones de personas.

 Las instituciones públicas están en la obligación de establecer las condiciones necesarias de seguridad ciudadana para garantizar la vida e integridad de todas las personas.

Los venezolanos tienen el derecho a manifestar pacíficamente en relación a los asuntos públicos del país, especialmente sobre el proceso electoral y sus resultados. (Prensa OVCS)

Puede descargar la Gaceta Oficial Nº 40.798 aquí

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