33 organizaciones de Derechos Humanos de las Américas enviaron una comunicación a la delegación de UNASUR que visitará Venezuela este viernes 06 de marzo de 2015, en la que expresan su preocupación por el deterioro de la situación de derechos humanos en el país y la represión de las autoridades del Estado ante la conflictividad social.
Las organizaciones piden a los representantes de UNASUR que incorporen en su agenda de trabajo durante su visita a Venezuela, temas de especial relevancia como la garantía plena para el ejercicio del derecho a la manifestación pacífica, la revisión de la Resolución 008610 que autoriza el uso de fuerza letal en manifestaciones, el fin de las detenciones arbitrarias y el uso abusivo de la prisión preventiva, el fortalecimiento del Estado de derecho y la independencia del Poder Judicial, la independencia de la Defensoría del Pueblo y la cooperación del Estado venezolano con los organismos internacionales de protección de los derechos humanos que incluye el retorno de Venezuela a las competencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
A continuación reproducimos la comunicación:
Excelentísimo Sr. Ernesto Samper
Secretario General de UNASUR
Excelentísima Sra. María Ángela Holguín
Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia
Excelentísimo Sr. Mauro Vieira
Ministro de Relaciones Exteriores de Brasil
Excelentísimo Sr. Ricardo Patiño
Ministro de Relaciones Exteriores de Ecuador 4 de marzo de 2015
Ref. – Anuncio de la nueva misión de los Cancilleres de UNASUR a Venezuela
Excelentísima Señora y Excelentísimos Señores,
Las organizaciones firmantes de esta carta han acogido con satisfacción el anuncio (1) realizado por el Secretario General de UNASUR – Unión de Naciones Suramericanas, el Sr. Ernesto Samper, que los Cancilleres de Brasil, Colombia y Ecuador harán una nueva visita a Venezuela en los próximos días.
Nos preocupa el aumento de la tensión registrada en los últimos días después de la detención del alcalde de Caracas, señor Antonio Ledezma, y de la muerte del estudiante Kluivert Ferney Roa Nuñez de 14 años por la fuerza policial durante la manifestación del 24 de febrero pasado.
Las organizaciones firmantes de esta carta lamentan profundamente la muerte del estudiante y hacen un llamamiento para que ese y otros abusos cometidos por el Estado durante la represión a las protestas en los últimos meses sean investigados y los autores responsabilizados. Es esencial que no se repita la violencia en torno a las protestas del año pasado, que resultó en 43 muertos y más de 3.300 detenidos entre febrero y junio 2014 (2).
Esperamos que la anunciada Misión de UNASUR pueda contribuir para el pleno respeto de los derechos humanos y el restablecimiento del diálogo entre los actores políticos y las fuerzas sociales venezolanas. Ante esta situación, las organizaciones firmantes de esta carta solicitan respetuosamente que la anunciada Misión de Cancilleres de UNASUR que se dirige a Venezuela:
– Realice un llamado público y enfático por el pleno respeto de los derechos humanos y la reanudación del diálogo.
– Se reúna con los diferentes actores políticos y fuerzas sociales venezolanas durante su estadía en el país.
– Presente, después de la conclusión de la visita, una lista de recomendaciones concretas y públicas seguidas de un Plan de Trabajo con acciones que UNASUR hará seguimiento y que deben cumplirse hasta las próximas elecciones parlamentarias que se celebrarán próximamente en el país. La publicación de las recomendaciones y acciones establecidas en el Plan traerá legitimidad tanto al trabajo de UNASUR como permitirá que la sociedad civil venezolana y de la región puedan monitorear objetivamente el trabajo de mediación de la entidad y colaborar con los esfuerzos empleados.
Solicitamos que los siguientes puntos sean incorporados en un Plan de Trabajo posterior a la visita:
– GARANTÍA DEL DERECHO DE MANIFESTACIÓN, INCLUYENDO LA PROHIBICIÓN DEL USO ABUSIVO DE LA FUERZA: la misión de Cancilleres de UNASUR debe solicitar una revisión de la resolución del Ministerio del Poder Popular para la Defensa No. 008610 de Enero de 2015 que autoriza la actuación de las Fuerzas Armadas de Venezuela en las protestas. De acuerdo con la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz (4) , la resolución “viola el artículo 329 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ya que otorga el ejercicio de funciones de control de orden público al Ejército, la Aviación y la Armada”. Crítica similar es presentada por el Foro por la Vida (5) , que dice que la medida «se aparta del estándar internacional que señala que sólo los cuerpos policiales deben ser los responsables del control del orden interno; además, se dicta en un contexto de amplia represión por parte de efectivos de las Fuerzas Armadas en las manifestaciones públicas recientes”.
– FIN DE LAS DETENCIONES ARBITRARIAS Y DEL USO ABUSIVO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA: llamado para que las autoridades abdiquen de la práctica de la detención arbitraria y preventiva y se liberen a las personas que están encarceladas injustamente. Reiteramos la preocupación externada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (6) sobre el uso de la detención provisoria en contra voces críticas al gobierno. Como dijo la CIDH en 24 de febrero de 2015, la “detención preventiva debe utilizarse de manera excepcional, y sólo con el objetivo de proteger los fines del proceso previniendo el riesgo de fuga o de entorpecimiento de las investigaciones. Al respecto, la Comisión ha subrayado que la presunción de inocencia puede considerarse violada cuando la persona es detenida preventivamente bajo acusación penal sin la debida justificación, debido a que esa detención se transforma en una sanción y no en una medida cautelar, lo que equivale a anticipar una sentencia. Además, la detención preventiva debe aplicarse de acuerdo con criterios de necesidad, proporcionalidad y durante un plazo razonable”.
– FORTALECIMIENTO DE LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL: Según informe de la Comisión Internacional de Juristas (7) de mayo de 2014, el 80% de los jueces en Venezuela son provisionales. Los países comprometidos con el Estado Democrático de Derecho reconocen en la independencia judicial uno de los pilares de los derechos humanos. Por lo tanto, los Cancilleres de la misión UNASUR deberían dar prioridad a esta cuestión durante su visita e incluir nuevas medidas en este frente.
– PAPEL DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO: Instar a la Defensoría del Pueblo a desempeñar el papel de mediador y garante de los derechos humanos sin discriminación para todas las personas, tal como se define en la Constitución venezolana.
– COOPERACIÓN CON LOS SISTEMAS REGIONALES E INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS: La Misión de la UNASUR debería llamar al gobierno venezolano para que este permita la entrada de los Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que tienen solicitudes de visita pendientes al país. Otro compromiso que UNASUR debería mediar con Venezuela es su regreso a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Venezuela se retiró del principal instrumento jurídico en la región en septiembre de 2012, dejando a los venezolanos y venezolanas sin acceso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Esperamos que los puntos propuestos sean considerados por los Cancilleres de UNASUR que conforman la misión a Venezuela y se incorporen a las actividades realizadas por ellos durante y después de su visita al país.
Las organizaciones firmantes de esta carta están comprometidas con la protección y promoción de los derechos humanos en Venezuela y esperan contar con la actuación de UNASUR en el restablecimiento del diálogo con el fin de encontrar una solución democrática – y nunca fuera de los límites de los parámetros constitucionales – para el momento que el país se encuentra.
Atentamente,
– Acción Solidaria en VIH/Sida (Venezuela)
– Amnistía Internacional (Internacional)
– Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. – ASILEGAL (México)
– Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH (Perú)
– Asociación Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil – Sinergia (Venezuela)
– Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” – CSMM (Ecuador)
– Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad – Dejusticia (Colombia)
– Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – EQUIDAD (Perú)
– Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Nicaragua)
– Centro por la Justicia y el Derecho Internacional – CEJIL (Regional)
– Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género – Corporación Humanas (Chile)
– CIVILIS Derechos Humanos (Venezuela)
– Coalición de Organizaciones por los Derechos a la Salud y la Vida – CODEVIDA (Venezuela)
– Comisión Ecuménica de Derechos Humanos- CEDHU (Ecuador)
– Comité de Am. Lat. y Caribe para la Defensa de los Derechos de las MujeresCLADEM (Regional)
– Comité de Familiares de las Víctimas – COFAVIC (Venezuela)
– Conectas Direitos Humanos (Internacional)
– Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (Perú)
– Defensa de Niñas y Niños Internacional – DNI (Costa Rica)
– Espacio Público (Venezuela)
– Fundación Étnica Integral- FEI (República Dominicana)
– Fundación para el Debido Proceso – DPLF (Regional)
– Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala – ICCPG (Guatemala)
– Instituto de Estudios Legales y Sociales – IELSUR (Uruguay)
– Instituto Internacional de Derecho y Sociedad – IIDS (Perú)
– Movimiento Autónomo de Mujeres (Nicaragua)
– Observatorio Venezolano de Prisiones (Venezuela)
– Oficina Jurídica Para la Mujer de Cochabamba (Bolivia)
– Paz y Esperanza (Perú)
– Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo – PIDHDD (Regional)
– Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos- PROVEA (Venezuela)
– Sisma Mujer (Colombia)
– Washington Office on Latin America- WOLA (Regional)
Notas:
(1) http://www.unasursg.org/node/154
(2) http://www.un.org/apps/news/story.asp?NewsID=50186&Cr=protest&Cr1=#.VPCwRnzF8rU
(3) Resolución “Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, publicada en Gaceta Oficial No. 40.589, con fecha de 27 de enero de 2015.
(6) http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/015.asp
(7) http://icj.wpengine.netdna-cdn.com/wp-content/uploads/2014/06/VENEZUELA-Informe-A4-elec.pdf . La entidad dice que “la mayoría de los jueces son ´provisionales´ y vulnerables a presiones políticas externas, ya que son de libre nombramiento y de remoción discrecional por una Comisión Judicial del propio TSJ [Tribunal Supremo de Justicia], la cual, a su vez, tiene una marcada tendencia partidista. Incluso los propios jueces ´titulares´ están sujetos a ser suspendidos de sus cargos sin que pese contra ellos acusación ni procedimiento legal alguno”.
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