San José, Caracas y Washington DC, 29 de mayo de 2013- El día de hoy, el Comité de Familiares de las Víctimas de los Sucesos de Febrero y Marzo de 1989 (COFAVIC), la Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua (Comisión de Justicia y Paz de Aragua) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) denunciaron en audiencia pública ante la Corte Interamericana el desacato por parte de Venezuela de las medidas provisionales ordenadas por dicho Tribunal en favor de la familia Barrios.
Entre noviembre de 2004 y febrero de 2013, la Corte Interamericana ha emitido ocho Resoluciones exigiendo la protección de los miembros de la Familia Barrios, convirtiéndose así en el caso con el mayor número de solicitudes hechas por el Tribunal a un Estado para garantizar la protección y seguridad de los miembros de una misma familia. Sin embargo, lo ordenado por el Tribunal no ha sido implementado de manera efectiva hasta el momento.
El 15 de mayo de 2013, murió de forma violenta el décimo miembro de la familia Barrios, Roni David Barrios, de tan sólo 17 años de edad. Esta es la cuarta muerte de un miembro de la familia Barrios menor de 18 años. En 2012 se registraron 2 muertes más, Víctor Tomás Navarro Barrios (17 años) y Jorge Antonio Barrios (24 años), el 9 de junio y el 15 de diciembre respectivamente, siendo el primero de ellos también un niño al momento de su muerte. Además de la desprotección en la que los beneficiarios de las medidas de protección se encontraban, el Estado venezolano intentó incluso que varios de sus miembros renunciaran a la protección que el Tribunal les concedió, tal y como se desprende de la Resolución de 13 de febrero de 2013, la cual convocaba a la audiencia pública celebrada el día de hoy.
CEJIL, la Comisión de Justicia y Paz de Aragua y COFAVIC denunciaron ante los jueces de la Corte Interamericana la situación de grave riesgo en la que se encuentra la familia Barrios, e instaron al Tribunal a exigir a Venezuela el cumplimiento efectivo de su protección.
Además de este procedimiento de medidas de seguridad, el Tribunal se pronunció sobre el Caso Familia Barrios Vs. Venezuela en su sentencia del 24 de noviembre de 2011. En dicha ocasión el Tribunal determinó que el Estado era responsable del asesinato por parte de agentes estatales de Benito Antonio, Narciso y Rigoberto Barrios y de incumplir su deber de garantizar y prevenir la privación de la vida de manera violenta de Luis Alberto Barrios, Oscar José Barrios, Wilmer José Flores Barrios y Juan José Barrios entre 1998 y 2011. Asimismo, comprobó la violación de los derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a la protección especial (por su condición de niños de varios integrantes de la familia Barrios), a la circulación y residencia y a las garantías y protección judiciales. El Estado también fue declarado responsable del incumplimiento de los artículos de la Convención Americana referentes a la prevención y sanción de la tortura en relación con algunas de las víctimas del caso.
En consecuencia, la Corte ordenó en su sentencia al Estado la adopción de una serie de medidas con el fin de reparar el daño causado y asegurar que hechos como estos no se repitan; entre las que se incluía la investigación y el esclarecimiento de los asesinatos de los integrantes de la familia Barrios, pero hasta la fecha las investigaciones no han pasado de su fase inicial de recolección de pruebas.
Los representantes solicitaron de manera enérgica a la Corte que llame la atención al Estado venezolano por el desacato de sus obligaciones emanadas de las diferentes Resoluciones de Medidas Provisionales en cuestión. Asimismo, se requirió al Tribunal que solicite a Venezuela que, a la mayor brevedad posible, implemente y haga efectivas las medidas necesarias para salvaguardar la vida de los demás miembros de la familia Barrios. Además, Venezuela debe explicar si tomó todas las medidas a su alcance para prevenir las muertes ocurridas de manera violenta en este último año.
Contacto en San José
Francisco Quintana Director del Programa para la Región Andina, Norteamérica y Caribe Tel (506)87795638 |
Contacto en Washington
Milli Legrain Coordinadora de comunicación |
Contacto en Venezuela
Liliana Ortega COFAVIC Tel: +58-212-575-4820 |