Juderkis 1¿Sabías que quien firma los tratados de derechos humanos son los Estados?. ¿Sabías que los propios Estados que firmaron la Convención Americana fueron los que establecieron los organismos encargados de su vigilancia?.

¿Sabías por qué al Pacto de Derechos Humanos se le conoce como Pacto de San José? ¿Sabías qué acciones realiza la Corte Interamericana de derechos humanos a favor de las víctimas de violaciones de derechos humanos?.

¿Sabías qué países han denunciando a la CIDH y por qué, antes que Venezuela? ¿Sabías que Venezuela realizó aportes fundamentales para la creación de estos organismos internacionales?.

¿Sabes qué es la Comisión Interamericana de derechos humanos?. ¿Sabías que el primer Presidente de la Comisión Interamericana de derechos humanos fue un venezolano?

Son muchos los casos en que la Corte Interamericana así como la Comisión han sido de vital importancia para reivindicar a las víctimas de violación de derechos humanos»

En este pequeño texto intento mostrar una recopilación de hechos y noticias que poco se difunden, pero que son de vital importancia para la población venezolana a partir de la reciente denuncia de la Convención Americana y salida de nuestro país de la esfera de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Se trata de interrogantes que las autoridades del Estado no le respondieron a los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país, antes de tomar esta decisión. La información contenida en este sitio la he obtenido de múltiples fuentes: libros, artículos, periódicos y páginas de internet, entre otros.

La Convención Americana sobre derechos Humanos o Pacto sobre Derechos Humanos, fue firmada el 21 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José (Costa Rica), por eso también se lo conoce como el “Pacto de San José”.

En este tratado, suscrito por la mayoría de los países de América, a excepción de Estados Unidos, Canadá, Cuba, Guyana, Bahamas, Belice, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, los Estados firmantes se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en este instrumento y a garantizarlos para el disfrute de todas las personas, sin discriminaciones de ningún tipo.

Entre los derechos garantizados, la Convención enumera una amplia serie.

Están los derechos civiles y políticos (vida, integridad personal, libertad personal, entre otros) y de manera muy general, en un solo artículo, se refiere también a los derechos económicos, sociales y culturales, indicando su desarrollo progresivo.

Esto hizo que posteriormente se firmara otro tratado adicional llamado “Protocolo de San Salvador”.

Fueron los mismos Estados que firmaron esta Convención, los que establecieron también dos organismos encargados de vigilar que los compromisos de respetar los derechos humanos, fuesen cumplidos por los Estados parte de este instrumento.

Esos órganos son la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creada en 1959 con sede en Washington, cuya función es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos como órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Esta organización reúne a 35 países independientes de la Américas y entre los cuales se encuentra Venezuela. El otro órgano es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, creada en 1979 y con sede en San José de Costa Rica, que es un ente judicial, autónomo de la OEA.

Como ven en solo tres párrafos hemos podido otorgar respuesta a muchas interrogantes, pero esto no termina allí. ¿Sabías que para presentar una denuncia ante la Corte, ésta debe pasar primero por la Comisión Interamericana?.

La denuncia, a su vez debe contar con requisitos indispensables para su aceptación por parte de la Comisión, como lo son el cumplimiento de los recursos judiciales internos de cada Estado, claro está, como dice el dicho, “toda regla tiene su excepción”, para algunos casos.

Por otro lado, Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana después que se emitiera una sentencia condenando la aplicación de la pena de muerte en este país.

La Corte Interamericana continuó conociendo casos en base a lo establecido en el artículo 78 y 62.1 de la Convención en relación con violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el tiempo en que este país era Estado parte de la Convención.

De igual manera, Perú en el año de 1999 durante el Gobierno de Fujimori realizó el intento de retirar el reconocimiento de la competencia de la CorteIDH. Ello resultó inadmisible ya que la Convención establece la posibilidad de denunciarla más no el retiro de competencia de la CorteIDH.

Otro dato curioso es que el primer presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fue el venezolano Rómulo Gallegos, entre los años 1960 y 1963.

Para finalizar solo deseo indicar que son muchos los casos en que la Corte Interamericana así como la Comisión han sido de vital importancia para reivindicar a las víctimas de violación de derechos humanos, recordemos que las mencionadas instituciones se crean como instancias internacionales de observación y defensa de derechos humanos para proteger, cuando a través de las instancias internas esos derechos han sido vulnerados.

Ejemplos: Las sentencias sobre el caso Masacre de El Amparo (1995) y El Caracazo (1999) reiteraban que entre nosotros también había impunidad y problemas graves sin resolver. Jubilados y jubiladas de la empresa Venezolana Internacional de Aviación (VIASA) (2005).

Sentencias emblemáticas contra El Salvador por el asesinato de Monseñor Arnulfo Romero (2000); contra Colombia por masacre paramilitar en Mapiripán (2006); contra Perú por Masacre de La Cantuta en la era de Fujimori (2006); contra Chile calificando de “crímenes contra la humanidad” la represión durante la era de Pinochet, como el caso del dirigente comunista Almonacid Arellano (2006), entre otras.

«La verdad puede ser eclipsada, pero nunca se extingue.»

Tito Livio (64-17 a. de C.), historiador latino.

https://archivo.provea.org/wp-content/uploads/Instrumentos-Internacionales-Imprenta.pdf

http://amnistia.me/profiles/blogs/pa-ses-que-han-denunciado-a-la-cidh-antes-que-venezuela

http://amnistia.me/profiles/blogs/corte-idh-y-los-venezolanos

http://www.oas.org/es/cidh/mandato/peticiones.asp

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