Uno de los problemas más graves que afronta el país, es la crisis del sistema penitenciario y las noticias al respecto son cada vez más preocupantes. Aunque no se pueden desconocer los esfuerzos realizados para mejorar la situación, las soluciones que han sido presentadas no han dado los resultados buscados, no necesariamente porque no hayan sido decisiones adecuadas o pertinentes, sino porque el desarrollo de este sistema depende no sólo de sus elementos internos sino de todas las actuaciones que se realicen en diferentes materias, tales como el derecho penal, el derecho procesal penal, las políticas gubernamentales, y los problemas sociales, entre otros.

Teniendo en cuenta lo anterior, resulta importante conocer el sistema en toda su extensión, de tal forma que se pueda entender sus orígenes, su reglamentación, su organización y toda su estructura.

Uno de los más graves problemas que hemos estado alertando es el del hacinamiento, la calidad de vida de los reclusos y la garantía de sus derechos humanos. En los últimos 12 años hemos alertado sobre el incremento de dicho fenómeno, pero la respuesta, son puros pañitos calientes.

La mayoría de las prisiones fueron construidas hace muchos años. Así, el transcurso del tiempo y el uso han originado el deterioro que presentan sus instalaciones, lo que a su vez es causa de la pérdida de su capacidad inicial de albergue y de la inutilización de un número apreciable de celdas y áreas para talleres y aulas.

El funcionamiento deficiente y la falta de personal para el tratamiento penitenciario en su sistema progresivo es una constante debido a que en la mayoría de los penales no funcionan adecuadamente la junta de conducta y la Junta de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por lo tanto no hay políticas de tratamiento y la respectiva clasificación de la población reclusa dentro de las diferentes fases del sistema progresivo.

El hacinamiento guarda una doble condición: es efecto y causa al mismo tiempo. Efecto, por cuanto su existencia se deriva de las variables que todos conocemos. Causa, porque como ya se anotó, en sí mismo considerado, el hacinamiento constituye una de las principales fuentes de las violaciones a la dignidad y a los derechos humanos en las cárceles venezolanas.

Él origina condiciones inhumanas para vivir, corrupción y violencia por la consecución de un espacio mínimo en donde pernoctar, factores que a su vez entorpecen el cumplimiento del tratamiento penitenciario para la reinserción social del interno y disminuyen ostensiblemente las oportunidades de trabajo, educación, cultura, deporte y recreación para los internos, dificultan la capacidad de control y la gobernabilidad por parte de las autoridades penitenciarias y, consecuencialmente, comprometen la obligación del Estado de garantizar la vida e integridad física de las personas privadas de la libertad.

Venezuela firmó el pasado 1 de julio de 2011, en la sede de Naciones Unidas el Protocolo Facultativo contra la Tortura, con ello asume las obligaciones jurídicas establecidas en este instrumento, situación que no ocurre en nuestras cárceles. (Humberto Prado, Tal Cual, 04.10.11)

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