EL ESTADO VENEZOLANO ANTE EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE NACIONES UNIDAS. Dada la importancia de esta evaluación del Estado Venezolano en materia de derechos humanos, dedicamos esta columna al proceso que tendrá lugar este viernes, 7 de octubre. Corresponderá ese día al Estado someterse al Examen Periódico Universal, EPU, proceso iniciado hace 4 años, por el cual ya ha pasado la mayoría de los estados miembros de Naciones Unidas.
Los documentos base para el EPU están conformados por el Informe del Estado, en el cual éste expone el marco de garantías y los resultados de sus políticas en materia de derechos humanos; el Informe de la Oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, que recoge los compromisos asumidos por el Estado -pactos, convenciones, protocolos-, y su grado de cumplimiento, así como recomendaciones para la promoción y protección de derechos humanos; y el Informe de los Grupos de Interés, que resume los aportes de organizaciones de sociedad civil (OSC), tanto venezolanas como de otros países, así como de la Defensoría del Pueblo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Durante el EPU, el Estado expondrá lo que considera como logros y avances, luego de lo cual representantes de otros estados realizarán preguntas y recomendaciones, sobre los temas que consideren requieren de atención. Estos abarcan el conjunto de derechos humanos – a la salud y seguridad social, educación, vivienda, a la vida, al acceso a la justicia, a las libertades de asociación, expresión y participación -, así como las instituciones obligadas a garantizarlos (poderes, sistema de justicia, sistema penitenciario, cumplimiento de obligaciones internacionales). Una vez concluido el EPU, el Estado deberá aceptar al menos una parte de las recomendaciones (se hacen de 100 a 150, y en general se admite un 70%).
En la mayoría de los países, el Informe de País es elaborado con consultas amplias a las OSC. No ocurrió así con el Informe del Estado Venezolano. Allí se expresa que se realizaron «consultas puntuales», pero solo se incluyó en ellas a las llamadas «Organizaciones del Poder Popular» -Consejos Comunales y Unidades de Batalla Social-, dependientes del Estado, es decir, no autónomas.
Es un derecho de las OSC realizar acciones de incidencia ante otras organizaciones, instituciones y gobiernos, de manera de alimentar la información que se lleva al EPU, proponer preguntas para el Estado bajo examen y ofrecer recomendaciones. Con este objetivo, un conjunto de cerca de 150 OSC prepararon un informe conjunto que, en 6 áreas -promoción y defensa de derechos humanos; libertad de expresión y acceso a la información; garantías a la vida y libertades; acceso a la justicia; derechos económicos, sociales y ambientales; y derecho a la no discriminación-, recoge la afectación, vulneración o violación de 35 derechos humanos.
Invitamos a nuestros lectores a visitar http://epuvenezuela.blogspot.com, preparado por las organizaciones autónomas, para conocer más del proceso y hacerle seguimiento.
Centro de Información Nacional de VIH/SIDA, 0212-952-2009
www.accionsolidaria.info – [email protected] (Feliciano Reyna, El Universal, 04.10.11)