esperanza-2014-250x225Desde el 15 de noviembre pasado, cuando la mayoría del personal al servicio del Estado comenzó a percibir el aguinaldo, las tiendas de algunas ciudades se vieron desbordadas por la desesperación de quienes deseaban ubicar productos que generalmente le resultan inaccesibles, dado su alto costo, su escasez y el bajo poder adquisitivo de la moneda y los salarios.

Esta fecha estuvo precedida por el anuncio realizado por el Presidente Maduro, el 3 de noviembre, de incrementar nuevamente el salario mínimo y elevar el tope porcentual para el cálculo del bono de alimentación para los trabajadores, conocido como ticket de alimentación. 

Con este incremento al salario mínimo suman tres (3) los aumentos realizados por este concepto en el presente año.

No obstante, el más reciente de los incrementos del salario mínimo no incidió en los aguinaldos que cobraron los trabajadores y trabajadoras del sector público, pues su esquema de cálculo no lo permite. Donde pudiera percibirse alguna variación por concepto de bono de fin de año, es en el monto que perciban los trabajadores y trabajadoras del sector privado que devengan salario mínimo, el cual si aumentó por efecto del decreto presidencial del 3 de noviembre de 2014.

Pero esta historia ni es nueva ni es buena. También el año pasado hubo un incremento al salario mínimo fraccionado que entró en vigencia progresivamente, afectando el cálculo y pago de obligaciones legales y beneficios contractuales, principalmente en el sector privado. En el sector público la demora en la percepción real de estas incidencias salariales es la norma.

De manera discrecional y unilateral el Estado decide a través de actos administrativos de efectos particulares dictados por sus autoridades, el otorgamiento de bonos y pagos especiales o extraordinarios de fin de año, que buscan compensar las remuneraciones del funcionariado público.

Pero ello generalmente fortalece la arbitrariedad, el clientelismo partidista y no rinde tributo a la equidad y a la justicia social.

En definitiva, cuando un trabajador o trabajadora y su familia van al mercado o a la tienda, adquieren lo que pueden dependiendo de lo que tienen para gastar.

Mientras en el sector privado los salarios van por una acera de la calle, usualmente determinada por la productividad de las empresas y en algunos casos, por la convención colectiva, en el Estado el personal depende de las decisiones arbitrarias de las autoridades, pues no hay convención colectiva, ni una política salarial coherente.

La falta de acceso a los bienes y servicios o el acceso parcial se traduce en una violación a los derechos humanos, más cuando ello sucede en el marco de las festividades navideñas.

El Estado es responsable de garantizar el equilibrio en esta materia para que no opere la discriminación, ni se profundice la pobreza. Una política pública de carácter social destinada a fortalecer la capacidad adquisitiva del salario, es una tarea pendiente para el Presidente Maduro.

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