Inti RodríguezEl pasado 02.08.13 se publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.220, el Decreto 277 que crea el Reglamento Especial de Zonas de Seguridad del Sistema y Servicio Eléctrico Nacional.

Desde la aprobación de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación en 2002, se ha venido restringiendo y criminalizando la posibilidad de ejercer derechos en sitios considerados estratégicos por el Estado venezolano.

Este nuevo instrumento prohíbe expresamente la realización de acciones dirigidas a “obstaculizar o interrumpir” las actividades propias del sector eléctrico nacional.

No se es obrerista si se limitan los derechos de los trabajadores. No se es obrerista si se criminalizan las luchas por salarios dignos. No se es obrerista si se restringe el derecho a exigir derechos

Restringe en su artículo 19 el desplazamiento de personas y vehículos, que pretendan accesar o transitar en las zonas de seguridad del sistema eléctrico, remitiendo a las sanciones previstas en la Ley de Seguridad de la Nación.

En pocas palabras, si los trabajadores de la industria eléctrica deciden protestar para exigir reivindicaciones salariales, y realizan concentraciones, marchas, asambleas u otra actividad a las puertas o cerca de cualquier instalación de Corpoelec, podrán ser sancionados con penas de 5 a 10 años de prisión.

El Decreto 277 también obliga a los trabajadores del sector eléctrico y a la ciudadanía en general a convertirse en delatores.

Los artículos 30 y 31, establecen la obligatoriedad de “suministrar datos e informaciones” que guarden relación con el sistema eléctrico nacional, aludiendo a una supuesta corresponsabilidad en materia de seguridad y defensa de la nación.

Quien se niegue a delatar, podrá ser penado con prisión de 2 a 4 años, en el caso de los particulares, y de 4 a 6 años, en el caso de los funcionarios públicos.

El reglamento además penaliza la denuncia.

Los trabajadores del sistema eléctrico nacional que suministren información que a juicio del Estado venezolano “comprometan la seguridad de la nación”, podrán ser castigados con prisión de 5 a 10 años.

¿Es coherente esta política con el discurso “obrerista” del Presidente Maduro?

El andamiaje jurídico represivo construido por el Estado venezolano y continuado por el Presidente Maduro, no es coherente con el discurso de quien afirma ser obrerista.

Desde 2002 se han aprobado leyes que criminalizan el ejercicio de derechos laborales. La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación es apenas uno, de la totalidad de instrumentos creados para limitar derechos.

La Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, la Ley Especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento y el Boicot y la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, convierten en delitos, derechos que -como la huelga-, están consagrados en la Constitución Nacional.

La militarización y el empleo de Tribunales para quebrar conflictos han estado a la orden del día. No olvidemos que en menos de 2 meses Ferrominera Orinoco ha sido militarizada en dos oportunidades, en infructuosos intentos por detener la lucha de los trabajadores.

Tres decisiones tomadas este año por Tribunales del país, ordenaron a los profesores universitarios reanudar las actividades académicas, suspendidas por el paro que realiza el gremio. Otro intento frustrado de quebrar reclamos.

El Decreto 277 es otra expresión de la vocación represiva y antiobrera que el Estado venezolano y sus instituciones han mostrado.

No se es obrerista si se limitan los derechos de los trabajadores. No se es obrerista si se criminalizan las luchas por salarios dignos. No se es obrerista si se restringe el derecho a exigir derechos. 

El venezolano es un Estado claramente antiobrero.

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