IntiAmaruEl próximo miércoles 10.04.13 Rubén González deberá comparecer nuevamente ante el Tribunal 24 de Juicio del Área Metropolitana de Caracas. La razón: la audiencia de apertura del proceso seguido en su contra, ha sido suspendida en cuatro oportunidades ante la inasistencia de la representación del Ministerio Público.

El 10.04.13 estaremos, otra vez, como siempre, junto a Rubén y los trabajadores venezolanos, defendiendo el derecho a exigir derechos. Libertad plena para Rubén González

Rubén, ha tenido que recorrer un largo camino desde que encabezó aquella huelga en agosto de 2009. Luego de estar detenido durante 17 meses y haber sido condenado a 7 años de prisión –sentencia anulada por el TSJ-, ha estado sometido a un régimen de presentación mensual ante un Tribunal del Estado Bolívar. En su última comparecencia ante el Tribunal 24 de Juicio de Caracas el pasado 20.02.13, Rubén estuvo acompañado por 60 trabajadores de Ferrominera Orinoco, una representación simbólica de los más de 2000 trabajadores que lo acompañaron en su lucha por la contratación colectiva, y de los más de 2700 que lo respaldaron con su voto para ratificarlo como Secretario General de SINTRAFERROMINERA.

Pero para comprender la persecución contra el sindicalista Rubén González, hay que recorrer también, un largo camino de incoherencias entre el discurso gubernamental y la práctica real.

La creación de un entramado legal orientado a criminalizar las luchas y disminuir la capacidad de movilización de los trabajadores y los sindicatos, atenta contra conquistas históricas del movimiento obrero como la libertad sindical y el derecho a huelga, y está reñido con los principios consagrados en la Constitución Nacional y las normas contenidas en los Convenios, Pactos y Tratados Internacionales suscritos por el Estado venezolano.

El artículo 48 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, clasifica las distintas Zonas de Seguridad del territorio nacional, entre ellas las industrias básicas del Estado (Ferrominera Orinoco forma parte del Holding CVG), las industrias e instalaciones estratégicas y los servicios esenciales. Más adelante, el artículo 55 de la misma Ley establece penas de 5 a 10 años a quien “(…) organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de seguridad, que estén dirigidas a perturbar o afectar la organización y funcionamiento…”. Con el argumento de la protección a la seguridad de la nación, el Ministerio Público y el Poder Judicial, no solo construyeron el expediente penal contra Rubén González, sino que han tomado decisiones que afectan el derecho a huelga y la libertad sindical de los trabajadores venezolanos.

En agosto de 2012 cinco obreros de la construcción en el Estado Táchira, fueron detenidos y sometidos a la Justicia Militar, luego de que encabezaran una protesta en las inmediaciones del Fuerte Murachí, en reclamo de reivindicaciones salariales. Luego de ser dejados en libertad, los trabajadores continuaron sometidos a régimen de presentación ante los Tribunales. En noviembre de 2012 un Juzgado Agrario con jurisdicción en los estados Aragua y Carabobo otorgó una “Medida Autónoma Innominada Especial Agraria de Protección a la Seguridad y Soberanía Agroalimentaria” a la estatal Agropatria, ordenando a los trabajadores abstenerse de realizar cualquier actividad que amenazara con la paralización de la empresa, en virtud de su importancia estratégica para la soberanía alimentaria de la nación. En ambos casos, la aplicación de los supuestos contenidos en la Ley de Seguridad de la Nación, sirvieron de justificación para limitar el derecho a huelga y la libertad sindical.

Durante 2012 PROVEA apoyó a distintas organizaciones sindicales del país en el ejercicio de cinco quejas formales contra el gobierno nacional ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Entre ellas, resaltan la queja ejercida por los trabajadores del Diario VEA, despedidos en 2010 al intentar organizar un sindicato, y la presentada por los trabajadores de Venezolana de Televisión (VTV) agrupados en el sindicato MOTORMAV, a quienes se les desconoció el derecho a participar en la discusión de la contratación colectiva de los trabajadores de ese medio, en una clara práctica antisindical por parte del Estado venezolano.

En un contexto caracterizado por el ascenso de la protesta y la conflictividad por reclamos laborales, estos casos y otros que ocurren frecuentemente en el país, cobran especial importancia. Más aún, cuando a casi un año de la aprobación de la nueva LOTTT -que consagra la protección al derecho a la libertad sindical y el derecho a huelga-, el Estado venezolano no ha cesado su ataque al libre ejercicio de las actividades de las organizaciones sindicales. Asimismo, luego del ingreso de Venezuela al Consejo de DDHH de la ONU, lo más coherente sería que el Estado reconociera la importancia de fortalecer los Sistemas de Protección de los DDHH, y asumiera las recomendaciones dadas por la OIT en cuanto al respeto a los convenios 87 y 98 de dicha organización, y más concretamente en el otorgamiento de libertad plena para Rubén González y el cese de acciones penales contra trabajadores y dirigentes sindicales.

Pese a la persecución, la criminalización y los intentos por limitar el ejercicio de los derechos sociales, PROVEA reivindica el ejercicio pleno de la libertad sindical y el derecho a huelga de las y los trabajadores. El 10.04.13 estaremos, otra vez, como siempre, junto a Rubén y los trabajadores venezolanos, defendiendo el derecho a exigir derechos. Libertad plena para Rubén González.

@intiamaru79

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *