jessica duhanLa crisis en la salud se ha vuelto omnipresente, y es que dicen que no hay médicos, que no hay insumos, que no hay camas, que  no hay suficientes medicinas, que los equipos llevan meses dañados y por si fuera poco la  justicia marca distancia ignorando su papel protagónico.

A inicios del presente año la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictó sentencia declarando “sin lugar” una acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de una Ley Orgánica de Salud contra la Asamblea Nacional.  

Y es que desestimar la necesidad de un marco normativo acorde a los valores y principios de nuestra Carta Magna dando luces a lo que hoy se constituye como el complicado entramado del sistema de salud, es evidencia de que efectivamente no hay un “lugar” dentro de las prioridades del Estado por resolver el complejo problema.

El tiempo no es el mejor aliado para las crisis, quizás ya es hora de darle el “lugar” que le corresponde al derecho que tenemos todos a un sistema de salud adecuado garantizado en los términos que establece el artículo 87 de nuestra Constitución

Reflejo de esta falta de interés por quienes, en primer lugar tienen la función de  administrar justicia, lo vemos también en el caso de los afectados del accidente químico – tóxico, ocurrido hace 20 años en el Hospital José Antonio Vargas, ubicado en el sector La Ovallera de Palo Negro, en la ciudad de Maracay estado Aragua.

En el año 2004, acompañando a algunas de las víctimas, Provea demandó por responsabilidad patrimonial al Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS), ente encargado del mencionado hospital.

En el 2009, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la acción, considerando la necesidad de una indemnización como medida reparatoria a estas víctimas cuya vida sana se vio cambiada por un destino lleno de dolencias y padecimientos.

No pasó más de un año cuando por un error de mera forma en el procedimiento, la Sala Constitucional pasó por encima de la justicia ya tardía y revocó la sentencia.

Hoy en día, la salud de estas personas sigue empeorando y el proceso dilatándose.

Las “malas praxis” médicas han sido, desde la experiencia de acompañamiento a víctimas en Provea, un hecho subestimado por los operadores de justicia, dándole largas a los juicios que cursan, debilitándose de esta forma los ánimos de aquellos que buscan la verdad.

Fueron 6 años durante los cuales, el juicio que cursa por la muerte de Froila Linares por una presunta mala praxis, no tuvo “un lugar” dentro del calendario del tribunal para asignarle una fecha a la audiencia de apertura a juicio.

Asimismo, la muy sonada propuesta de ley sobre mala praxis que se hiciera desde la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, tras la muerte de la Magistrada Queipo no llegó a trascender hasta nuestros días, parece no haber un “lugar” para su discusión dentro de la agenda del legislativo.

El tiempo no es el mejor aliado para las crisis, quizás ya es hora de darle el “lugar” que le corresponde al derecho que tenemos todos a un sistema de salud adecuado garantizado en los términos que establece el artículo 87 de nuestra Constitución: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida…»

 

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