Juderkis 1El 01 de Octubre se llevó a cabo el Día Internacional de las Personas de Edad Avanzada. En el mundo actual, aproximadamente 700 millones de personas son adultos mayores de 60 años. Para 2050, se estima que las personas de 60 años o más serán 2.000 millones, esto equivale a más del 20% de la población mundial. Con estos datos, es necesario procurar una mayor vigilancia a las penurias por las que atraviesan las personas de la tercera edad y a sus distintas problemáticas.

Que lástima que este día no sea una fecha de celebración sino de frustración. En Venezuela, la vida del adulto mayor es un triste ejemplo de demora, sufrimiento e indolencia como consecuencia de violaciones a derechos sociales como la seguridad social.

Podemos evidenciar dicha situación en la cantidad de colas de horas en oficinas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), que empiezan a las 3 de la mañana para poder entrar en el lote de cien (100) personas que atienden por día, papeles (documentos) que por más que son revisados siempre tienen un error (falta el sello húmedo, una fecha mal escrita, entre otros), son las miles de quejas que señalan las personas para poder introducir la solicitud de pensión de vejez.

En el caso de personas que a la hora de realizar los trámites correspondientes para obtener la pensión de vejez intentan consignar los documentos y se consiguen con nuevas modalidades de atención, exigencias de requisitos diferentes a los preestablecidos y publicados, etc. Esto, muy a pesar de que cuentan con los dos requisitos fundamentales establecidos por la ley, como lo son la edad y las 750 cotizaciones.

Otra situación que se presenta, a la hora que cuentan con todos y cada uno de los requisitos, es que le indican que la empresa esta morosa y por consiguiente no pueden procesar la solicitud. Pero me pregunto ¿Acaso el Seguro Social no cuenta con una dirección de fiscalización que debe velar que las empresas se encuentren al día?.

Las dificultades para obtener información oportuna conlleva a que en la data sobre la seguridad social no se encuentre actualizada. Desde el 2011 en el portal del IVSS no se publica la cantidad de personas beneficiarias del conjunto de pensiones otorgadas en Venezuela (de vejez, por incapacidad, invalidez y demás contingencias). Tampoco existen datos consolidados sobre el número de personas que faltan por incorporarse como beneficiarios y beneficarias de las pensiones por haberse cumplido con los requisitos previsto en la ley.

Así como este, son los sin números de casos por los que se debe pasar a la hora que llega la tercera edad.

Es importante destacar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 86, consagra el derecho de todos los venezolanos y venezolanas a la seguridad social, entre ellos la protección ante la vejez y es deber del Estado garantizarlo de manera oportuna y adecuada.

Juderkis Aguilar

@JuderkisA

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