Según la televisora de Estado Telesur la “Misión de Acompañamiento Electoral” UNASUR se instaló el pasado 17 de diciembre en la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE) de cara a los comicios del próximo 6 de diciembre. Según la información “La misión de la Unasur estará presidirá por el expresidente de República Dominicana, Leonel Fernández, quien dijo que aceptó participar en la misión especial por la importancia que tiene para Venezuela las elecciones legislativas. Certificó que el pueblo de ese país suramericano puede expresarse a través de las urnas “y que además garantizan (comicios) que serán transparentes”. Extraño, por decir lo menos, que antes de realizarse el proceso electoral se haya ya sentenciado sobre su pulcritud.
En el año 2012 se creó el Consejo Electoral de Unasur el cual, entre uno de sus objetivos, se encuentra el “organizar, a solicitud de un Estado miembro, la observación o el acompañamiento en sus procesos electorales, respetando la soberanía de los países y su ordenamiento interno”. En el año 2012, según nota de la Agencia Venezolana de Noticia, Unasur habría aprobado un “reglamento para misiones de observación electoral”, el cual no se encuentra disponible en su sitio web. Según, hasta la fecha Unasur habría realizado 16 misiones de observación electoral en 7 países. Habría que comenzar a sumar las que son de “acompañamiento”.
Cómo no sabemos que competencias tiene el “acompañamiento”, queremos en cambio referirnos a los elementos que debe tener en cuenta una Misión de Observación Electoral, tomando parámetros definidos por organizaciones con responsabilidades en materia de derechos humanos.
Según la Organización de Estados Americanos (OEA) las elecciones se consideran democráticas cuando cumplen 4 condiciones: Ser inclusivas (todos los ciudadanos están capacitados para ejercer su derecho al voto); Ser limpias (las preferencias de los votantes son respetadas y registradas de manera fidedigna); Ser competitivas (se brinda al electorado opciones imparciales entre las alternativas) y, por último, los cargos públicos son de naturaleza electiva (Los principales cargos públicos se obtienen mediante elecciones periódicos y sus resultados son irreversibles).
Cada una de estas condiciones genera una serie de preguntas a responder. En el indicador inclusión, por ejemplo, ¿A quién le es legalmente permitido votar?, ¿Existen obstáculos legales u otros para inscribirse para votar?, ¿Es correcta la información del registro electoral?, ¿Existen obstáculos legales u otros para llegar a los centros de votación o para depositar el voto de otra forma?, ¿Se encuentran todos los votantes elegibles y dispuestos a votar capacitados para depositar su voto y lo hicieron tal como lo intentaron?. En el apartado “Elecciones limpias”, según la OEA los asuntos en juego son ¿Pueden votar los electores sin ninguna presión externa o miedo a represalias?, ¿Se chequean y suman todos los votos de manera imparcial y exacta? En el ítem “Elecciones competitivas”: ¿Se garantiza la seguridad física de todos los candidatos y del personal de los partidos?, ¿Compiten los candidatos en igualdad de condiciones?, ¿Tienen los votantes acceso a la información necesaria para tomar una decisión informada a la hora de depositar sus votos?, ¿Se permite a los candidatos y al electoral organizarse e interactuar libremente?. Para cargos públicos electivos: ¿Se llenan los principales cargos públicos a través de elecciones periódicas?, ¿Se instalan debidamente a los ganadores de las elecciones en sus puestos correspondientes?
Para la OEA la información necesaria para medir la realización de elecciones democráticas y hacer la observación electoral de un proceso electoral es extensa. Para ello han desarrollado dos mecanismos. El primero los resultados de un “Cuestionario del Día de la Elección para los Observadores Electorales”. El segundo es el “Documento de Indicadores sobre el Proceso Electoral”: “son los productos finales de lo que sería, idealmente, una tarea a largo plazo que involucra varios pasos y requiere de conocimientos especializados. Por lo tanto, son responsabilidad de los especialistas en la metodología”.
El cuestionario modelo del día de la elección desarrollado por la OEA, quien ha realizado desde 1960 observaciones de este tipo, tiene varias planillas. La primera referida a la apertura de la mesa de votación, la segunda parte sobre el proceso de votación alrededor de la 1 p.m., luego sobre el cierre de la mesa de votación y el conteo de los sufragios. Se completa con un apartado sobre la evaluación general en base a las observaciones hechas en la mesa de votación durante todo el día y el traslado posterior de las actas, y con otra planilla de “Evaluación en base a las observaciones hechas en una mesa de votación visitada en cualquier momento del día”.
La segunda parte de la observación, según la OEA, es la elaboración de un documento de indicadores: “Indudablemente, como se reconoce ampliamente, el proceso anterior al día de la elección y también lo que ocurre después del día de la elección puede impactar de forma determinante el carácter democrático de una elección”.
(*) Coordinador General de Provea