Cuando los defensores de los derechos humanos afirmamos que los partidarios del libre comercio no toman en cuenta las obligaciones y compromisos que los Estados asumen en materia de derechos humanos, ponemos sobre la mesa de debate una evidencia clara del proceso de globalización: el arrollador avance de la lógica del derecho mercantil internacional sobre el derecho internacional de los derechos humanos.
Al respecto, es cierto lo que acertadamente afirma el sociólogo Edgardo Lander: “existe una inmensa asimetría entre aquellos convenios cuya orientación es la protección de los derechos humanos, de las mujeres, del ambiente, de la diversidad genética y los convenios referidos a la protección de los derechos del capital. Mientras que los primeros son declaraciones de intención o compromisos que no están acompañados de instrumentos que garanticen su cumplimiento, para los segundos hay mecanismos precisos que garantizan severas sanciones en caso de incumplimiento”. En pocas palabras, un Estado puede violar el derecho a la salud sin preocuparse por sanciones en el ámbito internacional, pero si ese mismo Estado violentara los requisitos de desempeño contemplados en al artículo 7 del ALCA, relacionado con la prohibición de dar preferencias a bienes y/o servicios producidos en el territorio nacional, inmediatamente sería sancionado a petición del inversor o compañía extranjera que se viera afectada por no poder colocar sus productos en el mercado nacional.
Otra evidente asimetría puede verse en la asignación desigual de recursos otorgados por los Estados a ambos sectores. En la conformación del ALCA participan 900 personas, mientras que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tiene una planta de 41 personas (incluyendo personal contratado). La OMC cuenta con una dotación de 500 personas, en tanto que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU tiene 18 funcionarios para monitorear a 140 países.
Mientras los partidos políticos y los sectores organizados de la sociedad no tomen conciencia de esta realidad, los gobiernos seguirán dispuestos a comprometer su apoyo político y económico en los procesos de apertura económica en detrimento del fortalecimiento de las instituciones de derechos humanos. No se puede aceptar que gobiernos democráticos, como Venezuela, se esfuercen en participar en iniciativas para garantizar el libre comercio mientras no ratifican el Protocolo de San Salvador o, como EEUU, se nieguen a firmar el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Es el momento de cambiar un mundo en el que violar las normas de la OMC resulta mucho más grave que violar el derecho a las salud o a la educación de millones de personas. La discusión pública del ALCA es una oportunidad para que se haga efectiva la participación de la ciudadanía reivindicando la supremacía de los derechos humanos como eje articulador de la vida social. El capital, el comercio y las inversiones deben ser sólo medios para contribuir al bienestar de una sociedad donde no existan exclusiones de ningún tipo.
Raúl Cubas
Coordinador de Provea 1995-2001