Algunas sentencias dictadas por el Tribunal Supremo de Justicia riñen con el deber de impartir justicia. Como ente fundamental del Poder Público actúa apartándose de los valores establecidos en el artículo 2 de la Constitución que guían la acción del Estado. Las consecuencias de ese comportamiento las sufren, generalmente, hombres y mujeres humildes que con mucho esfuerzo y con gran esperanza acceden al Poder Judicial en defensa de sus intereses y derechos.

Es el caso de un grupo de personas que en 1993 resultaron intoxicadas en el Hospital José Antonio Vargas de La Ovallera, adscrito al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Desde esa fecha padecen de graves enfermedades que obligaron a determinar la incapacidad para continuar trabajando. Durante 17 años los afectados, incansablemente, han luchado por obtener justicia. En 2004 acudieron a la Sala Político-Administrativa para demandar al IVSS por no garantizarles atención médica adecuada. Sin embargo, cinco años después dicha Sala dictó sentencia obligando al Seguro Social a indemnizarlas y garantizar asistencia y atención de salud. El Instituto en vez de dar cumplimiento inmediato a la sentencia acudió a la Sala Constitucional e interpuso un recurso de revisión alegando asuntos formales del proceso.

La Sala Constitucional obviando el mandato que la obliga a no sacrificar la justicia por formalidades no esenciales, anuló la sentencia ordenando que el juicio prácticamente se reiniciara. Cinco años tuvieron que esperar las víctimas para que se dictara una sentencia y a la Sala Constitucional eso no le importó. Tampoco le interesó el sufrimiento de quienes durante casi dos décadas han padecido el deterioro de su salud. Para la Sala Constitucional fue más importante defender al ente del Estado y obviar la actitud negligente del IVSS durante todo el juicio.
La reiterada actitud de favorecer a los entes del Estado a costa de sacrificar los derechos de las personas se asumió una vez más. Pero afortunadamente la decisión no fue unánime.

La magistrada Carmen Zuleta de Merchán se pronunció de manera contraria a la mayoría de los magistrados expresando: «…resulta sorprendente e infeliz que los apoderados judiciales de un ente público como el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, llamado a salvaguardar y velar por la seguridad social de los venezolanos, hagan uso de artificios procesales para dilatar el cumplimiento de una indemnización pendiente que debió ser cancelada conciliatoriamente desde hace mucho tiempo por la notoriedad público, la gravedad y lo escandaloso de los hechos controvertidos».
Esa manera de adoptar decisiones por parte del máximo tribunal de la República la sufrieron entre otros los trabajadores de Cadafe, de la Cantv, de comunidades pobres que han demandado el incumplimiento de proyectos habitacionales. Al sacrificar los derechos de las personas, sobre todo de las más humildes, el TSJ alienta la desconfianza en la administración de justicia y la institucionalidad democrática.
Marino Alvarado
Coordinador General de Provea

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