Por Atilio Hernández R.

 

 

Como DIANCA es una empresa del Estado venezolano, la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora mantiene paralizado el procedimiento desde el 2008 hasta que el Ministerio de Planificación y Desarrollo envíe el llamado Informe preceptivo establecido en el artículo 157 del Reglamento de la LOT.

 

En esos 3 años de demora, a la Junta Directiva presentante de la nueva convención se le venció su período de funciones y entró en mora electoral desde Noviembre del 2010. Se resistió a convocar dichas elecciones hasta que el CNE las fijó para el mes de julio de 2011. En ese lapso, DIANCA alegaba que no podía negociar con un sindicato en situación de mora electoral.

 

En julio del presente año 2011, por fin se celebran las elecciones en el Sindicato SUTINS resultando desplazada la Junta Directiva presidida por Pedro Henríquez por una nueva directiva encabezada por la trabajadora Egleé Lamas, como nueva Secretaria General del Sindicato.

 

Pese a que las planchas perdedoras inicialmente habían aceptado el triunfo de la plancha 1 del Movimiento denominado Dianca es Venezuela tal, Pedro Henríquez impugnó ante el CNE las elecciones efectuadas. Por este motivo, el CNE procesa dicha impugnación y hasta ahora no ha emitido desde su sede en Caracas la certificación del proceso electoral.

 

DIANCA ha utilizado este retardo en la certificación electoral no sólo para negarse a negociar la nueva convención colectiva, sino que en forma abusiva desconoce la nueva dirección sindical y se resiste, violando los derechos constitucionales de los trabajadores, a reconocer la voluntad expresada por sus obreros y empleados en comicios sindicales absolutamente transparentes.

 

Pero además señala que el contrato colectivo se negociará con la Junta Directiva que fue desplazada en el proceso electoral sindical olvidando que estamos bajo un sistema de Derecho y de Justicia basado en el ejercicio de la democracia protagónica del pueblo.

 

Entre tanto, un trabajador de DIANCA gana en promedio Bs. 1.680 mensual de sueldo básico más Bs. 798 de cesta ticket por 21 días efectivos de trabajo. De su ingreso mensual de 2.478 Bs entre sueldo y cesta ticket, debe pagar sus contribuciones por seguro social, paro forzoso y política habitacional más descuentos por caja de ahorro y cotización sindical. Con este ingreso, el trabajador de DIANCA carece de recursos suficientes para vivir viviendo como parece ahora ser la nueva consigna oficial.

27.08.11 La clase.info

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