La lucha contra la impunidad implica la consolidación de la cooperación penal internacional. En el ámbito mundial, debe asumirse con mucha responsabilidad la contribución que deben prestarse los Estados entre sí, para evitar que los responsables de graves delitos puedan evadir la justicia.
Y es que por lo general los autores de hechos punibles graves tienen capacidad económica para abandonar el país donde los cometieron y, de esa forma, refugiarse en otra nación. Pretenden así garantizarse la impunidad. Para evitar tal aspiración, existe la extradición, figura jurídica reconocida por el derecho internacional, a través de la cual se impide que la sanción de determinados delitos se vea frustrada por la sola razón de que sus autores hayan traspasado la frontera.
Es importante destacar que, en la mayoría de las veces, se apela al recurso de la extradición cuando se está en presencia de delitos de especial gravedad: terrorismo, drogas, corrupción, violación de los derechos humanos; así como los hechos punibles de carácter económicos y financieros.
Venezuela ha solicitado a diversos estados la entrega de connacionales responsables de graves hechos de terrorismo, de violación de los derechos humanos y de delitos económicos y financieros, los cuales han impactado altamente a la sociedad venezolana. Tales requerimientos se han efectuado con el legítimo propósito de evitar la impunidad en estos casos; sin embargo, hasta el momento, esa pretensión jurídica no ha sido satisfecha.
La cooperación penal internacional cuando Venezuela es el Estado requirente no está funcionando debidamente. En el caso de Luis Posada Carriles, señalado como el autor del atentado terrorista contra una aeronave cubana que produjo la muerte de más de 70 personas, Estados Unidos no ha cumplido con su entrega a las autoridades de nuestro país, pese a las múltiples solicitudes que se le han formulado.
También se encuentran en trámites los procesos de extradición por las graves violaciones de los derechos humanos durante la masacre de Yumare. Mientras, que en los hechos punibles referidos al ámbito financiero, se busca que no corran la misma suerte y que los Estados requeridos contribuyan a evitar la impunidad. (Luisa Ortega Díaz, Ultimas Noticias, http://www.ultimasnoticias.com.ve/capriles/cadena-global/detalle.aspx?idart=3277796&idcat=56751&tipo=2)