Un panorama de las modalidades participativas en las Organizaciones de Economía Social (OESs), particularmente las cooperativas, sería el siguiente:
1.- Co-influencia, constituye la mas fácil de instrumentar, se refiere a la influencia en las decisiones mediante sugerencias o propuestas, buzones de sugerencia por ejemplo;
2.Participación en actividades, se refiere a la injerencia que voluntariamente y a manera de valor agregado puede realizar cualquier asociado o trabajador en las operaciones;
3.- Grupos autónomos de trabajo, son equipos con delegación de poder suficiente para decidir con respecto a los métodos, procedimientos y normas de ejecución del trabajo, sus integrantes adoptan roles con flexibilidad en un clima de respeto y confianza;
4.Círculos de calidad, desarrollada por empresas capitalistas japonesas en los sesenta, se expandió a otros países y tipos de empresa, en ella,voluntarios de una misma área de trabajo identifican y solucionan dificultades vinculadas a la productividad, condiciones de trabajo y situaciones contingentes, formulando propuestas a directivos que tomarán la decisión. Varias cooperativas utilizan esta modalidad con otros nombres, es una formidable técnica de trabajo grupal.
5.- Participación accionaria o en el capital, esta modalidad en crecimiento, permite influir en una organización mediante la adquisición de títulos de capital permitiendo a sus poseedores en el caso de empresas capitalistas, participar en la gestión y los beneficios en proporción al capital poseído con el eje central de involucrar trabajadores en la obtención de resultados de calidad. Su equivalente en las cooperativas es la propiedad de los certificados de aportación por los asociados.
Existe una sexta modalidad: el control obrero. Se entiende por tal una intervención de los trabajadores organizados en la gestión parcial o total de una empresa, puede aparecer como un derecho de observación sobre aspectos como los estados financieros o como un proceso conflictual para obtener concesiones laborales y hasta dar paso a una apropiación de la empresa vía cooperativa.
Hasta la reforma de la Ley General de Asociaciones Cooperativas (2002), los trabajadores de las centrales regionales y de la Central Cooperativa Nacional de Venezuela (Ceconave) tenían una cuota de participación en los respectivos consejos de administración que, dependiendo de la óptica conceptual utilizada pudiera calificarse de control obrero parcial o como cogestión parcial. Se desconocen casos de control obrero total en OESs pero si de huelgas de trabajadores por reivindicaciones laborales como la de la Caja de Economía de la Policía Montada en Montreal, y una de asociados descontentos, hace algunos años, en Mondragón.
El modelo al cual deben apuntar las cooperativas es el autogestionario, el verdaderamente opuesto al burocrático, le dedicaremos un espacio.