La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado en el cual expresa preocupación por la situación que se originó entre el 27 de abril y 17 de mayo de 2012, en la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso, conocida como cárcel de La Planta.

En esta comunicación la CIDH instó al Estado venezolano a “investigar estos hechos, a investigar y sancionar a los responsables del ingreso de armas a ese centro penal, a informar acerca del traslado de internos a otros centros penales, y a adoptar las medidas pertinentes para garantizar la vida e integridad de los reclusos trasladados”.

Este organismo internacional señala que, de acuerdo con información que conoció se dio un enfrentamiento entre un grupo de personas privadas de libertad que se encontraban en La Planta, quienes tenían en su poder un contingente de armas de fuego, así como municiones, y los cuerpos de seguridad del Estado. Los intercambios de disparos se produjeron el 30 de abril, el 8 de mayo y el 17 de mayo de 2012.

Como consecuencia de estos hechos, perdieron la vida al menos dos personas, y siete resultaron gravemente heridas, de acuerdo con el comunicado de la CIDH. Las causas, a juicio de la CIDH son las siguientes: “El hecho de que la población reclusa de La Planta se encontrara armada, que dicho centro penal estuviera superpoblado, y que estuviera ubicado en una zona de Caracas densamente poblada, provocaron una grave crisis de seguridad en esa ciudad durante más de tres semanas”.

Por lo que el organismo instó al Estado venezolano a investigar de oficio y con la debida diligencia los hechos de violencia ocurridos durante las pasadas semanas en la cárcel de La Planta, particularmente las muertes ocurridas en el curso de estos acontecimientos y el ingreso de armas de grueso calibre y explosivos a dicho centro penitenciario.

“Considerando que la tenencia de armas por parte de reclusos no se ha registrado solamente en la cárcel de La Planta, sino en otros centros penales de Venezuela, la CIDH reitera que el desarme de la población reclusa y los controles efectivos del ingreso de armas en los penales son medidas que el Estado debe adoptar de forma inmediata para reducir los índices de violencia carcelaria y para evitar la repetición de hechos similares”, agregó la CIDH.

Otro punto importante que solicitó al Estado venezolano la Corte Interamericana es el de publicar listas con nombres de los privados de libertad, la cual especifique los lugares a los cuales fueron trasladados, pues las autoridades deben tomar en cuenta el principio de transparencia y señalar el número de internos existentes antes de que se iniciara el conflicto en el centro penitenciario.

“La Comisión Interamericana urge además a que se adopten las medidas pertinentes para proteger la vida e integridad de los internos que fueron trasladados, en especial en relación con los presos que fueron trasladados a Yare I y Yare II, El Rodeo I y El Rodeo II y la cárcel de Tocorón, cárceles sobre las cuales están vigentes Medidas Provisionales. Estas medidas fueron ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) a fin de proteger la vida e integridad personal de los reclusos frente a situaciones de violencia y sobrepoblación”, indicó la Comisión.

Por último, el comunicado recordó que los estados son los garantes de los derechos de las personas privadas de libertad, por lo que deben adoptar todas las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los reclusos.

La Comisión Interamericana también observó con preocupación las manifestaciones públicas realizadas por altas autoridades del Estado, en las que se descalifica el trabajo de aquellas organizaciones de derechos humanos que trabajan a favor de los derechos de las personas privadas de libertad y sus familiares.

Sentencias sobre centros penitenciarios en Venezuela

El Estado venezolano se encuentra en mora en el cumplimiento de la sentencia del caso Montero Aranguren y otros, conocido como el Retén de Catia, emitida en 2006, en la cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos realiza una serie de recomendaciones para que el Estado venezolano adecúe las cárceles de acuerdo con estándares internacionales de derechos humanos, que de ser aplicado, la situación carcelaria mejoraría.

Igualmente, el Estado se encuentra en mora en el cumplimiento de las medidas provisionales de protección otorgadas por la Corte Interamericana a los centros penitenciarios: El Rodeo I y El Rodeo II, Yare I y Yare II, Internado Judicial de Monagas “La Pica”, el Centro Penitenciario Región Centro Occidental Uribana, Centro Penitenciario  de Aragua (cárcel de Tocorón) y el Internado Judicial de Ciudad Bolívar (cárcel de Vista Hermosa).

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