Históricamente, los pueblos indígenas han sufrido vulneraciones que no sólo tienen que ver con los ataques directos a la vida e integridad de las personas indígenas, sino también con la ocupación violenta y forzosa de sus tierras, y procesos «civilizatorios» que han puesto en riesgo la existencia misma de pueblos y comunidades con cosmovisión, cultura y tradiciones ancestrales.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene un capítulo dedicado a los derechos de los pueblos indígenas, y establece en su ar- tículo 119 que «El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida».
La protección que brinda la Constitución a los pueblos indígenas se desarrolla en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, y además se complementa con instrumentos internacionales como el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas. Todo este andamiaje jurídico genera una base fundamental para el reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas, pero que requiere además un marco institucional y el diseño de políticas públicas, que permitan que esos derechos no sean sólo una declaración de buena voluntad estatal.
El Estado venezolano tiene un marco jurídico que reconoce y garantiza derechos a los pueblos indígenas, también tiene el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, pero a pesar de esto, la demarcación de las tierras ancestrales indígenas sigue siendo una tarea pendiente.
Mientras el Estado no cumpla con su obligación de demarcar, los pueblos indígenas no gozarán de su derecho a las tierras y, más aún, la seguridad e integridad de esos pueblos seguirá siendo amenazada y continuará generando violencia.
Hay que tener en cuenta, que las tierras ancestrales de los pueblos indígenas muchas veces están situadas en zonas ricas en recursos naturales, que generan gran interés para el desarrollo de la ganadería y la explotación minera, lo que implica tensión entre los intereses de desarrollo económico y las demandas legítimas de los pueblos indígenas.
Aún falta mucho camino por recorrer para resolver la problemática relacionada con las tierras de los pueblos indígenas, y es un tema clave para el libre y pleno goce de los derechos reconocidos a los pueblos indígenas, pues para estos pueblos la tierra es más que un espacio en el que se habita y del que se obtiene sustento, pues tiene implicaciones culturales y espirituales que forman parte esencial de su identidad.
En Venezuela contamos con el marco jurídico y con las instituciones, pero sigue faltando voluntad para asumir las tareas y hacer realidad el derecho a la tierra, de manera que en la práctica haya un cambio positivo en las condiciones de vida de los pueblos originarios. (Publicado en El Universal, 25.11.13)