RafaelUzcategui-Provea

Cuando esta columna se difunda, diferentes organizaciones de derechos humanos del país habremos calificado el denominado decreto de estado de excepción como la ruptura del hilo constitucional en Venezuela, un eufemismo elegante para establecer que estamos en presencia de un golpe de Estado.

Como nuestro principal activo es nuestro prestigio, este tipo de caracterizaciones no lo hacemos a la ligera. Recordemos los argumentos: usurpación de funciones de la Asamblea Nacional; legalización de la doctrina de la seguridad nacional en el que la seguridad de Estado está por encima de la integridad de las personas; suspensión indeterminada de garantías constitucionales en materia de derechos como libertad de asociación, reunión, expresión, información y manifestación pacífica; promoción de mecanismos ilegales para el control del orden público.

También: desconocimiento de pactos y tratados internacionales; atribución de facultades discrecionales y arbitrarias al Presidente de la República para tomar cualquier tipo de medida, aunque no se encuentre en nuestro ordenamiento jurídico vigente; prohibición de la cooperación internacional para el trabajo de la sociedad civil; militarización de la cadena de producción, comercialización y distribución de alimentos, así como de las fuentes de agua y zonas boscosas del país.

En esta columna, no obstante, queremos describir cómo este decreto es funcional a la profundización del proyecto extractivista en Venezuela, independientemente de sus consecuencias sociales y ambientales. Empecemos por esto último. Dada una situación que ha sido calificada oficialmente de extraordinaria y excepcional el numeral 5 del artículo 2 afirma:
“La aprobación y suscripción por parte del Ejecutivo nacional de contratos de interés público para la obtención de recursos financieros, asesorías técnicas o aprovechamiento de recursos estratégicos para el desarrollo económico del país, sin sometimiento a autorizaciones o aprobaciones de otros poderes públicos”.
Podemos citar diferentes declaraciones de voceros del alto gobierno en el que califican los recursos energéticos y minerales como estratégicos, como los que se explotarán en el Arco Minero del Orinoco.

El estado de excepción está anunciando que se realizarán contratos de explotación similares de manera expedita, sin que sea necesaria su consulta o aprobación de ningún otro ente estatal, salvo el del primer mandatario. Usted puede tener la opinión que desee de la Asamblea Nacional, pero coincidirá conmigo que es mejor cualquier función contralora, por mala y deficiente que sea, que ninguna.

Este numeral se vincula con el siguiente, el número 6 del largo artículo 2, en el que se anuncia que ante la profundización del extractivismo en el país se asignará de manera directa las divisas para la adquisición de los insumos o tecnología necesaria para la explotación de yacimientos. Aunque las zonas a explotar sean objeto de polémica, la difusión de información sobre las consecuencias de la minería no será posible. Los numerales 12 y 15 indican la militarización de los territorios boscosos y donde se ubiquen fuentes de agua, que como se conoce los recursos hídricos son imprescindibles para la explotación de yacimientos.

Voces indígenas y ambientalistas

Ya Maduro ha calificado como pertenecientes a la derecha quienes han venido cuestionando la promoción del Arco Minero del Orinoco. El decreto de estado de excepción crea las condiciones para neutralizar y reprimir las manifestaciones disidentes sobre este modelo. El numeral 16 califica ambiguamente de medidas y planes especiales de seguridad pública las iniciativas para mantener el llamado orden público “ante acciones desestabilizadoras que pretendan irrumpir en la vida interna del país”.
Otro mecanismo está en el numeral 18, cuando se apunta que se instruirá al Ministerio de Relaciones Exteriores “la auditoría e inspección de convenios firmados por personas naturales o jurídicas nacionales con entidades u organismos extranjeros para la ejecución de proyectos en el país y ordenar su suspensión (…) cuando se presuma su utilización con fines políticos o de desestabilización”.

Los críticos naturales del extractivismo son el movimiento indígena y el universo ambientalista y de derechos humanos. La intención de este aspecto del estado de excepción es debilitar a los segundos para que tengan menos capacidad de documentar y denunciar las consecuencias del modelo de megaminería. Y esto no sólo afectará a organizaciones independientes como Provea, sino también a sectores del propio bolivarianismo que han venido trabajando el tema mediante la cooperación internacional.

¿Un ejemplo? La serie de conferencias realizadas en la Fundación Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (Celarg) sobre extractivismo, titulada El lado oscuro del petróleo y el mito del desarrollo en Venezuela que contó con los legítimos recursos de organizaciones internacionales como la Fundación Rosa Luxemburgo, entre otras. Este tipo de iniciativas pueden ser calificadas de tener fines políticos o desestabilizadores e impedidas.
La promoción unilateral y autoritaria de la megaminería en Venezuela, depredadora del medio ambiente y destructora del tejido social campesino e indígena, necesitaba de un estado de excepción que la hiciera viable sin ningún tipo de obstáculos, para poder subastar lo que se encuentre bajo tierra sin ningún freno democrático.

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