RafaelUzcategui-ProveaLa rendición de cuentas es un ejercicio de transparencia necesario y obligatorio en cualquier gobierno que se califique de democrático. La contraloría social o parlamentaria necesita de la mayor y mejor información posible para monitorear el cumplimiento de las políticas públicas.

Ante la próxima presentación del informe de gestión anual de la Defensoría del Pueblo (DP) ante la Asamblea Nacional, desde una perspectiva de derechos humanos Provea y el Centro de Derechos Humanos de la UCAB proponemos que la información suministrada por el defensor pueda responder las siguientes interrogantes.

1. ¿Qué políticas promoverá su gestión para garantizar la independencia y autonomía de la Defensoría del Pueblo?

La DP fue rebajada de categoría por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de la ONU, al considerar que su actuación no estaba apegada a sus responsabilidades, delimitadas en los llamados “Principios de París”, comprometiendo seriamente su autonomía e independencia. ¿Qué acciones realizará la DP para volver a ser calificada con estatus “A”?

2. ¿Por qué la DP no ha emitido opinión sobre la necesidad que Venezuela retire la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos?

En septiembre de 2013 se cumplió el plazo de un año mediante el cual la Convención Americana de Derechos Humanos estableció que cualquier Estado parte podía realizar una denuncia de la misma, para así poderse retirar de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una decisión que vulneraba lo establecido en la Carta Magna, la cual le daba rango constitucional a los pactos y tratados en DD HH suscritos por Venezuela. De esta manera el país cerró una posibilidad para alcanzar justicia en casos de violación a derechos humanos, siendo la Corte IDH el sitio donde se pudo revertir la impunidad en casos emblemáticos como el Caracazo y la masacre de El Amparo. No solamente el ciudadano defensor no ha solicitado revertir la decisión sino que ha repetido el discurso criminalizador oficial: “En el pasado la Corte y la CIDH protegían a los gobiernos de derecha, igual que lo hacen ahora. Y utilizan la defensa de los derechos humanos para perseguir, perturbar e incomodar a gobiernos que pueden tener una tendencia política de izquierda”.

3. ¿Por qué la DP se abstiene de hacer un seguimiento sistemático que asegure el cumplimiento de las medidas de protección dictadas por la Corte Interamericana y órganos de protección de Naciones Unidas en nombre de víctimas de violaciones de los derechos humanos en Venezuela?

Esta es una de las atribuciones de la DP; sin embargo, no la cumple y no se refleja en sus informes anuales. Al consultar con víctimas que han sido sujeto de medidas, éstas afirmaron no haber sido contactadas por la DP sobre el seguimiento de las medidas a su favor.

4. ¿Por qué la DP no se ha pronunciado de manera contundente e inequívoca sobre la Resolución 8.610 del ministro de la Defensa?

El defensor nunca cuestionó la esencia de dicha resolución: la intervención inconstitucional de las Fuerzas Armadas en el control de manifestaciones y la autorización de porte y uso de armas de fuego. En una nota de prensa de abril de 2015, la DP afirma que “la DP trabaja conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para la Defensa en una ley que regule el uso de la fuerza en las manifestaciones públicas, del cual ya existe un borrador y que de ser aprobada derogaría cualquier normativa sub-legal ya existente”. Sin embargo, esa ley nunca se promovió.

5. ¿Sobre qué base normativa o visión de derechos humanos la DP defiende la legalidad de las OLP?

Provea ha entregado a la DP varios reportes sobre las denuncias documentadas en los sectores afectados por el OLP, incluidas las comunidades afectadas por demoliciones de viviendas. También ha solicitado al defensor actúe para iniciar las investigaciones que conduzcan a esclarecer lo ocurrido, a la reparación efectiva de las víctimas y a la garantía de no repetición de los hechos. La ONG no ha recibido ninguna respuesta del DP. Incluso el ciudadano defensor declaró “quien está en contra de la Operación Liberación del Pueblo (OLP) apoya a las bandas criminales”.

6. ¿Qué esfuerzos realizó la DP para corroborar las denuncias de abusos contra ciudadanos colombianos en los operativos de deportación que se dieron a partir de agosto de 2015 en el marco del cierre de la frontera y la suspensión de garantías?

Hasta el 25 de septiembre de 2015, la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (OCHA) había registrado 23.738 personas afectadas por deportaciones o retorno voluntario. Numerosas denuncias por maltrato a deportados fueron registradas por organismos humanitarios y de derechos humanos del lado colombiano. El defensor negó sistemáticamente las denuncias sobre deportación de refugiados y calificó las alegaciones de abusos por parte de los militares como falacias.

Correo del Caroní

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