Maritza, Glenys, Elba y GloriaEl día 5 de diciembre de 2012, las señoras Elsa Torres, Zaida Peraza, Carmen Vera y Mery Unda con el apoyo de Provea, consignaron un documento mediante el cual ejercen su derecho de petición dirigidos al Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), ubicada en Caracas. En dicha petición solicitan un pronunciamiento sobre la emisión de sus certificados de enfermedad ocupacional, el cual están esperando desde hace 19 años por resultar afectadas en el accidente químico-tóxico ocurrido en el Hospital José Antonio Vargas, ubicado en el sector La Ovallera de Palo Negro, en la ciudad de Maracay estado Aragua.

El 29 de enero del presente año, las víctimas de este caso- conocido como la «Ovallera»-, ejercieron el recurso de reconsideración, que está previsto en el artículo 94 de la LOPA, con el objetivo de lograr que el INPSASEL rectifique y se pronuncie sobre lo pedido el 5 de diciembre de 2012, ordenando la expedición de la certificación de enfermedad ocupacional.

A pesar de las diversas gestiones realizadas, entre las que se encuentran llamadas telefónicas solicitando información sobre el derecho de petición, funcionarios del INPSASEL señalaron que el caso estaba siendo evaluado por la Unidad de Medicina Ocupacional de dicho organismo, pero el tiempo pasó y no hubo una respuesta a lo exigido por escrito y de manera clara y precisa.

Transcurrieron los 20 días que establece la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA) para que el organismo del Estado respondiera los derechos de petición y comenzó a correr el lapso que establece esta misma ley para interponer el recurso de reconsideración, en vista de haber operado el silencio administrativo, que equivale a negar la petición.

Por tal razón el 29 de enero del presente año, las víctimas de este caso- conocido como la «Ovallera»-, ejercieron el recurso de reconsideración, que está previsto en el artículo 94 de la LOPA, con el objetivo de lograr que el INPSASEL rectifique y se pronuncie sobre lo pedido el 5 de diciembre de 2012, ordenando la expedición de la certificación de enfermedad ocupacional. Igualmente, en esta oportunidad Provea también acompañó a las víctimas de este caso y esperamos que al fin se produzca el acto administrativo esperado desde hace tantos años, para que estas personas puedan acceder a las indemnizaciones que determina la Ley. Estos recursos son parte de las más recientes actuaciones que se han producido en este caso, ya que también está en curso una acción judicial. Aspiramos que se imponga la justicia. (Prensa Provea, 30.01.13)

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