El Sindicato Único Organizado Nacional de Trabajadores Tribunalicios y del Consejo de la Judicatura (SUONTRAT) interpuso el 12.04.00, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), una acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad, conjuntamente con amparo constitucional contra los artículos 5, 8, 9 y 13 de la Resolución Nº 124 de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, publicada en la Gaceta Oficial Nº 36.907 de fecha 09.03.00.

El 29.05.00, Provea introdujo un recurso de tercería para apoya las razones jurídicas del SUNTRAT, en cuanto a la violación de los derechos laborales de sus agremiados.

La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial fue creada por mandato de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) con la misión de reformar el sistema judicial venezolano. Su existencia institucional tuvo como término la materialización de la transferencia de la administración del sistema judicial, delegada al Consejo de la Judicatura, a la actual Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).

Alegaron SUONTRAT y Provea que mediante los artículos de la referida resolución, se declararon «justificados» todos los despidos en ese sector y se eliminaba la estabilidad laboral, derogando el contrato colectivo vigente, impidiendo los reclamos de su cumplimiento por vía legal y suspendiendo los pliegos en curso ante el Ministerio del Trabajo (MINTRA).

De este modo, la resolución violaba los artículos 2,3,23,89,93,95,96 y 97 de la Constitución, los convenios internacionales 87 y 89 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de Filadelfia de 1994 y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

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