En los últimos días algunos patronos que decidieron unilateralmente sumarse al paro nacional han obligado a los trabajadores a firmar convenios donde se suspende la relación laboral, se adelantan vacaciones o se acepta una reducción «voluntaria» del salario. Pretenden ahora algunos patronos que sean los trabajadores quienes paguen las consecuencias de una decisión de parar actividades adoptada sin consultarles. Todos esos acuerdos forzados son ilegales, inconstitucionales y no tienen ningún valor jurídico.
Tanto la Confederación de Trabajadores de Venezuela como los sindicatos tienen un gran reto por delante, la defensa de los derechos de los trabajadores.
Las organizaciones sindicales deberían hoy estar al frente de esta lucha para impedir que cercenen los derechos de los trabajadores.
Los patronos vienen haciendo una interpretación equivocada del artículo 94 de la Ley Orgánica del Trabajo, en particular, el ordinal h. La decisión voluntaria de sumarse al paro, no puede catalogarse ni caso fortuito ni fuerza mayor.
Los trabajadores no deben firmar ningún acuerdo que implique una desmejora en sus condiciones de trabajo, principalmente en lo referente al salario. De existir presión patronal deben solicitar la intervención de la Inspectoría del Trabajo puesto que sólo con el aval del Ministerio tiene validez cualquier acuerdo establecido de conformidad con la ley.
Si el patrono alega circunstancias económicas para presionar a un acuerdo, es obligatoria la intervención del Ministerio del Trabajo y para que se cumpla el procedimiento establecido en el artículo 69 del reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
Trabajador defiende tu salario. Exígele a tu sindicato que no acepte acuerdos que afecten tus derechos y en caso de que te presionen acude a la Inspectoría del Trabajo que tengas más cercana.
El Ministerio del Trabajo tiene la obligación de hacer cumplir la Ley y La Constitución. Si observas cualquier actuación irregular de los inspectores del trabajo, puedes denunciar tal situación en la Defensoría del Pueblo.