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El presidente de la comisión de Defensa de la Asamblea Nacional, Juan José Mendoza, informó este jueves que se estudia realizar cambios puntuales a la Ley de Conscripción de Alistamiento Militar.

“Consideramos realizar una reforma a esa Ley, porque el registro es de carácter permanente, no tiene fecha de caducidad, quienes están inscritos no deberían volverse a inscribir,” resaltó.

Sobre las multas que se les quieren dar a aquellas personas que no estén inscritas en el Registro Militar Obligatorio, Juan José Mendoza indicó que ese tema se va a revisar el próximo lunes en la Asamblea Nacional. “Es nuestro criterio y es lógico quitar las multas, es un deber que los ciudadanos venezolanos se inscriban en el registro cuando cumplan la mayoría de edad”.

Así está planteado en la Constitución Bolivariana de Venezuela, en su artículo 134, el cual reza: “Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso. Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se le asignen de conformidad con la ley”.

Cabe destacar que esta ley fue sancionada el 6 de octubre y promulgada el 21 de octubre de 2009 (Gaceta Oficial Extraordinaria 5.933). Derogó la publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República de Venezuela Nº 2.306, del 11 de septiembre del año 1978, y su Reglamento publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Extraordinaria Nº 2.499, del 11 de septiembre del año 1979.

(Diario La Nación, 08.10.2010, http://www.lanacion.com.ve/noticias.php?IdArticulo=157631&XR=1)


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