Ante la negativa del Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) de ofrecer una explicación sobre la no publicación de los boletines epidemiológicos durante el primer semestre del año, las organizaciones Espacio Público y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) presentaron ante Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso de amparo constitucional.
El 22.07.09, las ONG de derechos humanos enviaron, al entonces ministro Mantilla, un Derecho a Petición, solicitando las razones por la cuales los boletines epidemiológicos desde enero hasta junio no estaban disponibles en el portal Web del ministerio y pidiendo que se les entregara las respectivas ediciones.
La no publicación de los mencionados boletines representa una violación al artículo 143 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ausencia de una respuesta por parte de las autoridades competentes incumple lo estipulado en el artículo 51 de la Carta Magna.
En el amparo constitucional las organizaciones consideran que las publicaciones “son un insumo de vital importancia para los trabajadores de la salud y ciudadanos en general, a fin de estar debidamente informados sobre la existencia de enfermedades epidémicas, para tomar las precauciones necesarias, minimizar el contagio y en consecuencia garantizar el derecho a la salud de la población”.
Una vez vencido el lapso estipulado en la ley para contestar la solicitud, después de la entrega de un segundo comunicado al actual ministro Carlos Rotondaro y sin obtener una respuesta oportuna y adecuada; Espacio Público y Provea acudieron al TSJ para salvaguardar el derecho al acceso a la información pública, en vista, de “la violación del derecho a obtener oportuna y adecuada respuesta, en virtud del silencio por parte del MPPS al no dar respuesta a la solicitud de información que le hicieran las organizaciones en fecha 22 de julio de 2009, reiterada el día 25 de agosto de 2009, referida a los boletines epidemiológicos”.
La petición que realizan las organizaciones ante Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia es que se ordene al Ministerio del Poder Popular para la Salud, una respuesta inmediata a la solicitud de publicación de los boletines epidemiológicos de los meses de enero hasta junio de este año y que estén disponibles en la página web del máximo ente de la salud.
Prensa Provea 05.11.09