El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), presenta recurso de amparo judicial contra la Sala Constitucional por retardo procesal injustificado y la falta de garantía de la tutela judicial a una justicia oportuna, idónea, expedita y sin dilaciones indebidas, consagrado en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El abogado de Provea, Antonio Puppio, expresó que “en esta oportunidad Provea presenta un recurso de amparo contra la Sala Constitucional por violación al derecho de acceso a una justicia oportuna, expedita y sin dilaciones indebidas, con ocasión a la demora que la propia Sala mantiene en la demanda interpuesta por Provea en mayo de 2010 contra la Asamblea Nacional por la omisión legislativa de la ley de pensiones”. El representante de Provea manifestó que hasta la presente fecha ese recurso presentado por Provea no ha tenido ni siquiera la admisibilidad, pese a que la organización ha solicitado en varias oportunidades a través de diligencias y escritos la decisión de la Sala sobre la procedencia o no de este recurso.

Es por ello que, según el abogado de Provea “hemos decidido utilizar este recurso especial que está consagrado en la Constitución y establecido en la ley de amparo sobre derechos y garantías constitucionales para recurrir contra la propia Sala por la negación de justicia”.

En consideración de la ONG, la demanda a favor de la ley de pensiones que presentó Provea en 2010, mantiene un “estado vegetal judicial”. “Nos resulta inaudito que la Sala después de 20 meses no se haya pronunciado sobre la admisibilidad”, señaló el integrante de Provea. Asímismo, indicó que la demora en la decisión, además de romper los preceptos legales, tiene un exceso desmedido en cuanto a la práctica establecida por la Sala Constitucional para decidir este tipo de recursos.

Igualmente, el abogado resaltó “la particularidad de esta demanda consiste en que no es contra la inoperancia de un órgano judicial cualquiera sino contra el máximo Tribunal de la República, supuesto responsable de garantizar no sólo los procedimientos judiciales sino también que todos los ciudadanos tengan la garantía de la satisfacción de sus derechos fundamentales”.

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