El pasado 14 de febrero la ONU dio a conocer un nuevo comunicado exigiendo la libertad inmediata de la Juez María Lourdes Afiuni. A los tres órganos independientes de derechos humanos que habían hecho ya dos llamados anteriores – Detenciones arbitrarias, Defensores de derechos humanos e Independencia de jueces y abogados – se suman ahora otros dos que, por sus mandatos, generan una alarma adicional, pues se trata del Relator sobre la Tortura y la Relatora sobre la violencia contra la mujer.
“Es inadmisible que las autoridades venezolanas no actúen con la debida diligencia para investigar los actos perpetrados contra la Jueza Afiuni”, afirmó Rashida Manjoo, a cargo de la Relatoría sobre la violencia contra la mujer. Y es que inadmisible es el calificativo mínimo que le corresponde a la actitud concertada de negación y amenaza con que reaccionó el Estado venezolano – por boca de 6 voceras, todas mujeres – ante las revelaciones hechas por la Juez a finales de noviembre de 2012 sobre los abusos sufridos durante su detención en el INOF.
La unánime negativa de los hechos denunciados fue seguida de un citatorio a Afiuni para que confirmara sus revelaciones, ante el mismo fiscal que el día anterior la había acusado formalmente en el juicio en ausencia recién iniciado. Afiuni se negó a prestarse al innecesario trámite, alegando que ya había presentado una denuncia contra la entonces directora del INOF, en noviembre de 2010. Inmediatamente después de abandonar el despacho fiscal, el Ministerio Público colocaba en su web una nota de prensa afirmando maliciosamente que Afiuni había renunciado a su derecho a realizar la denuncia, obviando que la misma debe ser procesada de oficio, por haber sucedido en un recinto penitenciario y estando comprometidos funcionarios.
Tres días después de este citatorio, la Ministro de Servicios Penitenciarios exhortó a la exdirectora del INOF a emprender acciones contra Afiuni en calidad de agraviada y a mediados de diciembre Afiuni recibe en su vivienda una boleta de notificación relacionada con la solicitud de sobreseimiento de la denuncia realizada contra dicha funcionaria dos años antes. Es decir, se pretende sobreseer una denuncia que nunca fue investigada y convertir a Afiuni en agraviante de sus agresores. Inadmisible.
La juez Afiuni cumplió el 10 de diciembre 3 años de detención, por lo que sus abogados presentaron una moción oral en la audiencia de juicio correspondiente al día 19 de ese mes. El cálculo era simple: tres años privada de libertad; la pena mínima del delito mayor es de tres años, por tanto, no puede seguir detenida. Sin embargo, la titular del tribunal 17 de juicio, tras pedir un receso de una hora para resolver, volvió a la sala para informar que decidiría en enero, sin fijar fecha, dada la “complejidad” de la decisión. Cualquier abogado con un mínimo conocimiento del COPP y de matemáticas, habría podido sacar la cuenta de inmediato.
El 14 de enero el tribunal negó la solicitud de cese de la privación de libertad, tomando como referencia una decisión de la Corte de Apelaciones que toma como base de cálculo un delito inexistente, con una pena mínima de cinco años, en vez de los tres que realmente corresponden. Se trata de un error judicial inexcusable que la titular del tribunal 17 despachó con un sencillo “pueden apelar”. De nuevo, inadmisible.
A los ojos de la comunidad internacional, Afiuni se ha convertido en un ícono de la lucha por la independencia de la justicia. Condenada en cadena nacional de radio y TV en franca violación del principio de presunción de inocencia, ultrajada por sus carceleros, con una precaria salud, mantenida arbitrariamente en detención por un error judicial inexcusable y sometida a un inconstitucional juicio en ausencia donde, curiosamente, todos los testigos han dado fe de la legalidad de la decisión que la mantiene prisionera.
Va a resultar muy difícil para el Estado venezolano defender sus acciones y omisiones en el caso Afiuni en una próxima sesión del Consejo de Derechos Humanos del cual ahora forma parte. Ya son cinco los expertos que exigen la libertad inmediata e incondicional de Afiuni.
¿Hasta cuándo Afiuni, Presidente?