El debate previsto en la Asamblea Nacional para la discusión de la Reforma a la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, vigente en Venezuela desde 2007, afortunadamente se ha pospuesto.
Una reforma como la anunciada que afecta a las madres con maneras obligantes, deja las libertades y la autonomía de las mujeres muy mal paradas.
El tono o el espíritu de la reforma- ley por lo poco que se conoce suena a norma de tránsito, por aquí se pasa y por allá infracción.
Una gran mayoría está de acuerdo con la promoción de la lactancia materna con respeto y consideración para que se decida con suficiente información si se va a amamantar o no; igual estamos de acuerdo con un protocolo que respete la decisión de las madres que sí quieren hacerlo mientras que las clínicas y hospitales rutinariamente imponen por su cuenta y con absoluto irrespeto la primera experiencia alimenticia con tetero y fórmulas lácteas o agua con azúcar , sea cual fuere la disposición de la madre.
De hecho, la OMS recomienda la lactancia materna exclusiva hasta alrededor de los seis meses de edad por sus innumerables ventajas para la salud, el crecimiento y el desarrollo de niños y niñas, y la disminución del riesgo de gran número de enfermedades agudas y crónicas.
Acontece que en estos tiempos también se sabe que la lactancia materna ya no supone una cuestión de supervivencia como en los tiempos sin leches maternizadas.
Por ello, la forma de criar a los y las recién nacidos/as, junto a otras cuestiones de orden individual y cultural , la lactancia se ha convertido en una elección libre.
También hay que considerar a las mujeres que no están en condiciones de decidir libremente por razones económicas, de salud y de otra índole e igualmente reflexionar críticamente sobre la influencia que ha significado la promoción publicitaria de fórmulas lácteas durante muchos años para solucionar lo real y lo inventado y, que no se va a desvanecer con la letra de una ley.
Antes del aviso de la suspensión, la diputada Monzón anunció que este martes se discutiría esta ley que busca garantizar la lactancia materna, hábito que asegura se ha perdido «por las transnacionales (que están) vendiendo esa fórmula (láctea)».
La legisladora aseguró que «los teteros (biberones) se van a prohibir, salvo en casos excepcionales».
La reforma en cuestión está envuelta con prisas y falta de consultas – no ha sido divulgada- aunque según los medios y las organizaciones de mujeres , las sanciones ante el incumplimiento de las normas de amamantamiento estaban previstas, aunque la diputada Monzón desestimó esa posibilidad.
Fuente : http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/ciudad/salud/an-aplazo-debate-sobre-ley-de-lactancia.aspx#ixzz2XBRgq3HJ
Sermones
Las leyes relacionadas con la salud reproductiva en las que son protagonistas las mujeres, – menos que ninguna otra ley – se puede elaborar sin consulta y participación.
No se trata de predicar que la mujer debe amamantar, se trata de las mujeres, muchas y diferentes. Esto cuesta entenderlo si la reproducción se sigue pensando en serie o como un asunto de incubadoras.
De aprobarse semejante reforma -ley, la reaparición de las nodrizas sería posible.
Confiemos en que puedan escuchar otras voces, modificarla o suspenderla.
Recordemos que la promoción de la lactancia en el país no ha sido diseñada con buen tino, siempre asoma la obligación desmesurada, una ración de culpas, y la imagen insuperable de la buena madre que sí cumple con su deber, cuando se requiere contemplar con mayor amplitud las distintas situaciones de las mujeres, en el marco de la libertad de elegir de manera informada que debe prevalecer siempre.
Más mamistas que…
En declaraciones a AFP, el ex Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas en Venezuela y exRepresentante Adjunto Regional de Unicef, Alfredo Missair, aplaudió la existencia de leyes que promuevan la leche materna para el desarrollo de los niños (sic) y aseguró: «No conozco de ninguna legislación que obligue a la lactancia materna o que criminalice el no hacerlo».
En el mismo orden de ideas o en otro, compartimos la opinión de quienes dicen que se proponen demasiadas leyes, bien para justificar un cargo, para figurar, como una marca de narcisismo o para dar idea de que avanzamos socialmente o algo parecido, sin importar si es urgente, necesaria, o más bien arcaica.
Por otro lado, la fábrica de leyes es independiente de su cumplimiento y de la falta de reglamento para algunas, como es el caso de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (2007) que aún se espera por él.
En cuanto a reformas , también estamos a la espera de la del arcaico Código Penal venezolano, una materia pendiente, mientras leemos artículos que penalizan el aborto, el matrimonio se presenta como eximente de pena a violadores, contempla el aborto e infanticidio honoris causa y por si fuera poco los artículos anulados por sentencias de la antigua Corte Suprema de Justicia los volvieron a copiar textualmente en la edición de la última reforma en el 2006, ¿un lapsus del patriarcado?
Este compendio del más rancio derecho patriarcal es una afrenta para las mujeres.
Aborto, sí aborto
El tema del aborto en Suramérica, sigue en el tapete público.
En el país no tenemos problema porque este tema tan delicado no se toca, mientras los índices de mortalidad materna – a pesar de ser un objetivo Milenio 2015- no logran mejorar, en parte por las muertes causadas por los abortos clandestinos e inseguros.
Los países que aparentemente llevan la bandera más infame contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres son El Salvador, Nicaragua, que junto a Chile, Honduras y República Dominicana son los países con penalización absoluta del aborto, sin consideración por la situación de la madre ni del feto.
Recordemos la perversa odisea que le obligaron vivir a la salvadoreña Beatriz, embarazada con un feto anencefálico (sin cerebro).
En El Salvador las mujeres van del hospital a la cárcel, con o sin aborto provocado.
La sospecha de que no se trate de un aborto espontáneo, hace que los médicos y médicas obligados a tan execrable protocolo llamen a la policía, quien velozmente acude al hospital para esposar a las mujeres o llevárselas convalecientes a la cárcel en condiciones inhumanas y riesgosas.
La Fiscalía se encarga de sentenciarlas por abortar a unos 8 años y el resto por homicidio.
Cuarenta, ( 40 ) mujeres han sido condenadas a 5O años de prisión y otras noventa (90) están en la cárcel a la espera del juicio, denuncia Morena Herrera, activista salvadoreña de los derechos humanos de las mujeres.
¿Quiénes son estas mujeres encarceladas? Fácil, son como todas las mujeres pero pobres, las más desasistidas y mucho más violentadas que las demás; tienen menos alternativas, menos posibilidades para elegir en la vida y mucho que pagar y sufrir.
El peso de la curia de la iglesia salvadoreña y el movimiento Provida Red familiar – que dice aglutinar cincuenta organizaciones de la sociedad civil- destaca “el ejemplo que El Salvador le da el mundo entero en la defensa del derecho a la vida de todo ser humano, incluyendo los más pequeños, pobres, vulnerables e indefensos”.
¡Urgente! Estados laicos reales para Suramérica y el mundo; la mayoría de los que se declaran laicos no lo son en la práctica.
Si lo fueran las autoridades políticas no podrían adherirse públicamente a ninguna religión determinada ni permitir que las creencias religiosas influyeran sobre la política nacional. Fuente: Melissa Silva Franco, El infierno de abortar en El Salvador A 9- 23-6-13
Para información y denuncias
Línea nacional (O8OO-MUJERES) 0800-6853737
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Casa de la Mujer Juana Ramírez “La Avanzadora” – Maracay
(Fundada en 1985)
Programa de Atención a Mujeres en situación de violencia
De lunes a jueves de 8 a 12 y de 1 a 5 p.m.
Viernes de 8 a 12 y de 1 a 4 p.m.
CEDIAR -Centro de Documentación e Información “Aída Arroyo”.
Servicios: lunes a jueves de 1,30 a 5 pm –
Directorio: Órgano Divulgativo de la Casa de la Mujer Juana Ramírez “La Avanzadora” C/ López Aveledo Norte No. 11. Urb. Calicanto. Aptdo. Correos 2028. Telefax. 0243- 2463796 Correo E: [email protected] .
No. 844 Año XXIII 26/6/20