Provea ha venido insistiendo en que el Gobierno venezolano ha adoptado la perspectiva de la Política de Seguridad Nacional para hacer frente a la disidencia organizada y a las manifestaciones de descontento popular.
La llegada del Presidente Maduro, un ex sindicalista, en reemplazo de Hugo Chávez, un militar, no representó un cambio de rumbo en la deriva militarista sino, por el contrario, un afianzamiento de la misma.
En la base de la argumentación oficial para justificar la militarización, se encuentran las teorías de conspiraciones maquinadas desde dentro y desde fuera del país que harían parte de una guerra contra el proceso de transformación social adelantado por el Gobierno y por los demás poderes públicos.
La noción de enemigo externo e interno justifica entonces la adopción de medidas para controlar a la sociedad y a sus organizaciones así como para justificar la creciente militarización de las políticas públicas que deben ser defendidas: por ejemplo, se habla de una guerra económica contra las políticas destinadas a garantizar el derecho a la alimentación.
Con estas premisas, la militarización de la sociedad y de las políticas públicas del Estado, se ha profundizado contrariando los preceptos constitucionales. La militarización de la sociedad ha sido recientemente fortalecida con la adopción, el 24 de junio de 2014, de la “Ley de registro y alistamiento para la defensa integral de la Nación”.
Esta ley crea un registro militar obligatorio para las personas entre 18 y 60 años, e impone sanciones a quienes no se inscriban: no podrán ser contratados en órganos públicos o privados ni obtener solvencias laborales (violando el derecho al trabajo), no podrán obtener una licencia de conducir (obstaculizando el derecho al libre tránsito) ni obtener títulos académicos universitarios (violando el derecho a la educación).
La ley no establece la posibilidad de objetar por conciencia la prestación del servicio militar. Según la ley quienes no realicen el servicio militar pueden prestar un servicio de naturaleza civil pero bajo el mando militar, lo cual contradice los estándares internacionales sobre el servicio alternativo de carácter civil.
Esta Ley es contraria al artículo 61 de la Constitución, que establece el derecho a la libertad de conciencia que protege a las personas de verse involucradas en actividades militares, y al artículo 134 que otorga la misma jerarquía a las actividades civiles y militares para el desarrollo del país. Esta iniciativa se suma a programas como la anunciada creación de las Milicias Obreras destinadas a intimidar y hacer frente a los trabajadores que se organizan para reivindicar sus derechos, o como los cada vez más numerosos “cuerpos combatientes” creados dentro de las instituciones públicas del Estado.
El mismo día 24 de junio en que fue adoptada la Ley de registro y alistamiento, fue creada la “Brigada Especial contra las actuaciones de los grupos generadores de violencia (BEGV)” (Decreto No. 1.014).
En los meses anteriores, el país había vivido un intenso periodo de protestas y manifestaciones de calle. Para entonces, el 5 de marzo, el Presidente Maduro exhortó a las organizaciones revolucionarias a que ejercieran labores de seguridad ciudadana para enfrentar a las “guarimbas” (cierres de calles, algunos de ellos violentos).
Ello dio lugar a la creación de un “Comando Popular Antigolpe”, llevando a civiles afectos a ese grupo a participar en la detención arbitraria y malos tratos a ciudadanos. No es la primera vez que en Venezuela se crea este tipo de brigadas especiales.
Durante gobiernos anteriores y con la misma filosofía, fueron creados cuerpos especiales de seguridad como el “Comando Específico José Antonio Páez”, responsable de la Masacre de El Amparo en 1988, o el “Grupo Gato” que era parte de la antigua Policía Técnica Judicial (PTJ) y que protagonizó numerosas violaciones a los derechos humanos.
La Fiscal General de la Nación anunció que “el equipo de juristas del Ministerio Público está analizando el alcance de esta brigada para luego emitir opinión sobre los pros y los contras”.
Hasta la fecha, la Fiscal aún no ha emitido su opinión.
Para ilustrar mejor la creciente militarización en Venezuela es importante tener en cuenta que: Venezuela es el segundo país latinoamericano que gasta más dinero en armamento, contradiciendo una política oficial de desarme destinada a combatir la inseguridad ciudadana; en Venezuela se enjuicia a civiles ante tribunales militares a pesar de que la Constitución lo prohíbe; el Ministerio de Defensa venezolano es la cuarta institución que más dinero recibe en el país, muy por encima de ministerios que promueven políticas sociales; el actual plan bandera de seguridad ciudadana “Plan Patria Segura” tiene importantes componentes y orientaciones militares, contradiciendo el artículo 332 de la Constitución que establece que “los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil”.
Hay suficientes motivos de preocupación ante la deriva militarista del Estado venezolano y sus efectos en materia de derechos humanos. Militarismo e impunidad van de la mano, y en Venezuela la impunidad de los crímenes y la impunidad de las violaciones a los derechos humanos son casi generalizadas, cerrando así un peligroso cerco sobre los derechos humanos de la población.
Publicado en el Boletín Internacional de Derechos Humanos de Provea Nro. 13 (Julio-Agosto 2014).
Para conocer nuestro Boletín completo visita: https://archivo.provea.org/julio-agosto-2014/