Caracas, 27 de febrero de 2013. A 24 años del Caracazo familiares de víctimas agrupados en el Comité de familiares de víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989 (COFAVIC) mantienen intacta su frustración porque no hay una sola condena judicial por estos hechos y aún los restos de las víctimas desaparecidas no han sido plenamente identificados y entregados a sus deudos.
Cada aniversario, instituciones del Estado bajo el lema de una “celebración” anuncian acciones legales o inauguran exposiciones y monumentos inconsultos con las víctimas, debemos decir que esto se ha hecho sin un seguimiento serio y riguroso para dar con los responsables reales de esta masacre y establecer la verdad de lo ocurrido hace más de dos décadas.
Luego de 24 años del Caracazo, el Estado venezolano, en los últimos 9 años, durante cada aniversario intenta generar una matriz de opinión en la que predomina la idea de que se está haciendo justicia en estos hechos, invisibilizando una vez más lo que viven las víctimas y la impunidad que ha prevalecido. Lo que no se hace durante todo el año, durante el aniversario se promueve con altavoces para confundir a la opinión pública.
Los hechos irrefutablemente demuestran que luego de 24 años no se sabe quiénes dispararon en Catia, El Valle, Petare o la Vega en contra de humildes viviendas, ni quién dio la orden de enterrar los cadáveres en fosas clandestinas y quiénes ejecutaron esa orden. Esas preguntas pareciera que no están en la línea de investigación de las autoridades.
Ninguna democracia de las Américas ha tardado 24 años en dar a conocer a los autores intelectuales y materiales de una masacre de las dimensiones del Caracazo y mucho menos han sido tan ineficientes para identificar los restos de los desaparecidos. Esa deuda de la justicia venezolana sigue pendiente por falta de voluntad política, para buscar una respuesta despolitizada que toque todos los intereses que sean necesarios y de satisfacción a la verdad.
Dos casos de víctimas del Caracazo que habían llegado a la etapa de juicio oral y público: el asesinato de Luis Manuel Colmenares y el de Crisanto Mederos han tenido decisiones contrarias a los estándares establecidos tanto en la Constitución, como en instrumentos internacionales, causando retrasos importantes en los procesos, a pesar de las acciones que han intentado revertirlas. En el caso Colmenares el tribunal que conoció la causa ordenó llevar el caso nuevamente a la etapa de investigación, debido presuntamente a un error del Ministerio Público, el cual causó indefensión en contra de los acusados, de acuerdo con la sentencia del Tribunal 21° de Juicio, publicada el 28 de junio de 2010. Dicha sentencia fue apelada por la defensa de los acusados y finalmente el 16 de agosto de 2012, la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas resolvió declarar parcialmente con lugar la apelación y ordenó la realización de un nuevo juicio oral y público.
Mientras que en el caso de Crisanto Mederos, el Tribunal 33° de Control del Área Metropolitana de Caracas decretó el sobreseimiento de la causa por la supuesta prescripción de la acción penal, de acuerdo con una decisión confirmada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 27 de julio de 2006. Casi seis años después, el 27 de febrero de 2012, el Ministerio Público solicitó la revisión de dicha decisión ante la misma Sala del Tribunal Supremo de Justicia, que resolvió el 21 de mayo de 2012 revisar de oficio la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia y ordenó la reposición de la causa a la audiencia preliminar correspondiente.
El proceso de exhumación e identificación de los restos de las víctimas del Caracazo que se encontraban en el sector La Peste del Cementerio General del Sur, iniciado el 21 de septiembre de 2009, luego de más de tres años no ha logrado resultados que permitan identificar plenamente los restos hallados en la fosas clandestinas ni mucho menos la entrega a los familiares de las víctimas. Este proceso fue iniciado sin la participación de las víctimas agrupadas en COFAVIC, aun cuando las mismas víctimas han enviado múltiples y reiteradas comunicaciones al Ministerio Público y a organismos competentes solicitando que se les involucre en el proceso, que se les permita tener acceso a los expedientes de sus casos1 y que además se solicite la cooperación a expertos internacionales de su confianza, como el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF)2, que realizó las primeras exhumaciones en el año 1990, como consta en actas y protocolos dejados por estos expertos. Cuatro años después de esta segunda exhumación, a pesar de las múltiples expectativas que se sembraron en las víctimas, los familiares de del Caracazo carecen de información técnica y precisa de los resultados de este proceso de identificación y aún continúan sin poder participar directamente en el mismo.
1 Carta dirigida a la Fiscalía General de la República de fecha 14 de mayo de 2010, recibida el mismo día. Solicitudes dirigidas a la Fiscalía Trigésima con competencia a Nivel Nacional recibidas el 30 de abril de 2010.
2 Carta dirigida a la Defensoría del Pueblo de fecha 10 de febrero de 2009 recibida el 11 de febrero de 2009. Carta dirigida al Presidente de la República de fecha 10 de febrero de 2009 recibida el 11 de febrero de 2009. Carta dirigida al Ministerio del poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de fecha 10 de febrero de 2009, recibida el 11 de febrero de 2009. Cartas dirigidas a la Fiscalía General de la República de fecha 18 de agosto de 2009, recibida el 20 de agosto de 2009, de fecha 28 de septiembre de 2009, recibida el mismo día, de fecha 07 de mayo de 2010, recibida el mismo día y de fecha 18 de mayo de 2010 recibida el 19 de mayo de 2010. Cartas dirigidas a la Fiscalía General de la República, Fiscal 4º del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia, Fiscal 30º del Ministerio Público con competencia plena a Nivel Nacional, Fiscal 34º con competencia plena a Nivel Nacional y Fiscales Auxiliar 30º con competencia a nivel nacional de fecha 24 de noviembre de 2009 recibida el 26 de noviembre de 2009 y de fecha 18 de mayo de 2010 recibida el mismo día.
3 Ministerio Público. 47 de las osamentas individualizadas corresponden a época de El Caracazo. http://www.ministeriopublico.gob.ve/web/guest/buscador/-/journal_content/56/10136/33856
Las autoridades han señalado ante los medios de comunicación que exhumaron 125 osamentas y restos óseos, pero sólo 47 guardan relación con los hechos de “El Caracazo”3. En primer lugar debemos señalar que en la exhumación realizada en el año 1990, y que contó con la presencia de expertos internacionales, fueron extraídos los restos de 68 personas, de las cuales 3 pudieron ser plenamente identificadas, tal y como quedó establecido en la sentencia de la Corte Interamericana. Este hallazgo difiere de las cifras iniciales, por lo que el Estado venezolano debería informar si se abrió una investigación por la disparidad de estas evidencias que estaban bajo custodia del Ministerio Público a fin de determinar las responsabilidades pertinentes.
En 2011 se anunció públicamente que los restos exhumados el 21 de septiembre de 2009 fueron nuevamente inhumados, sin ser plenamente identificados. ¿Cuáles son las razones que prevalecen en las autoridades, para que 24 años después se quiera dar la espalda a las víctimas y se pretenda volver a enterrar la verdad del Caracazo? ¿Qué tipo de heridas y de responsabilidades se quieren ocultar? ¿Dónde están los resultados de las pruebas de ADN qué se le practicaron a varias familias del Caracazo? ¿No son suficientes dos décadas para dar estas respuestas?
Los procesos de exhumación e identificación con carácter científico son una necesidad, no sólo por las expectativas de los familiares de recuperar los restos de su seres queridos, sino porque contribuyen al fortalecimiento del derecho a la verdad como derecho inalienable tanto de los parientes de las víctimas como de la sociedad en general que vivió las graves violaciones a los derechos humanos que ocurrieron en el contexto de los sucesos del Caracazo.
El establecimiento de la verdad y justicia también deben estar acompañados de las garantías de no repetición de hechos como El Caracazo, a través de la adecuación de planes de control de orden público de acuerdo con estándares internacionales, por lo que esto también constituye un punto pendiente en este caso y en otros casos de violaciones de Derechos Humanos en Venezuela.
COFAVIC reconoce la altísima importancia que conlleva la decisión de la Asamblea Nacional de declarar al 27 de febrero “Día nacional de los derechos humanos”, lo cual es un merecido homenaje a la memoria de las víctimas, a la lucha de los familiares afectados, sobrevivientes y una clara contribución a la reconstrucción de la memoria histórica de los hechos del Caracazo, pero para que esto tenga un efecto real en la sociedad y en el ámbito de los derechos humanos se hace impostergable que haya justicia en los crímenes cometidos en 1989.