Mediante el Decreto Nº 131, el gobernador del Estado Anzoátegui Aristóbulo Istúriz, dictaminó que a partir de este 15.01.2014, los niñas, niños y adolescentes, «menores de edad» como han sido calificados en el referido decreto, no podrán circular en las calles sin sus representantes después de las 9:00 p.m, y quienes sean sorprendidos en la violación de esta norma, serán puestos a la orden del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente, hasta que sus representantes los reclamen, debiendo estos responder ante las autoridades.
La norma también señala que los motorizados “no pueden circular después de las 9:00 pm, y en caso de hacerlo debido a una emergencia, los funcionarios policiales se encargarán de comprobar que el hecho sea cierto. Tras una reunión del Órgano Superior de Gobierno Estadal, el gobernador de Anzoátegui, informó sobre la firma de este decreto que en su opinión «buscan contribuir con la disminución del índice delictivo».
Medidas regresivas
Impedir la libre circulación de los ciudadanos mediante un decreto viola lo establecido en el artículo 50 de la Constitución Nacional, y lejos de ser una medida que apunte a reducir los altos indices de inseguridad, constituye una flagrante violación de derechos que criminaliza a determinados sectores de la población. De igual forma, los derechos establecidos en la Constitución no pueden ser menoscabados por actos dictados en ejercicio del Poder Público, según lo señalado en el artículo 25 de la Carta Magna.
En 2009, el para entonces gobernador del estado Anzoátegui, Tarek William Saab, decretó la prohibición de circular libremente a menores de edad en vías y sitios públicos de la entidad, en el horario comprendido entre las 09:00 pm y las 05:00 am., en dicha ocasión no se reportó una disminución significativa de los indices delictivos en la entidad.
A fines de los años 90, diversas medidas de carácter represivo criminalizaron a numerosos sectores de la sociedad y fueron empleadas como la única respuesta del Estado ante el incremento de delitos en el país. La restricción del derecho al libre tránsito y la libertad personal de los menores y la implantación de toques de queda a determinados grupos, fueron una constante durante ese período en el que se registraron numerosas violaciones de derechos humanos.
Provea reitera su afirmación de que para enfrentar y brindar soluciones a la grave problemática de inseguridad en el país, se requiere el mayor de los consensos para diseñar una política multidimensional y democrática que logre revertir la situación. El Estado venezolano en su conjunto, debe dar muestras reales de voluntad política para atender la crisis del sistema de administración de justicia y atacar los altísimos niveles de impunidad, que según el Ministerio Público alcanzan el 98%. Para nosotros, la impunidad y la pobreza de amplios sectores de la población, siguen siendo dos de las principales violaciones a derechos humanos en el país.
Asimismo, las políticas sociales focalizadas deben coordinarse con otras medidas dirigidas a solucionar los problemas estructurales de exclusión social, asegurando el acceso universal de toda la ciudadanía a servicios básicos, de educación y salud de calidad.
Intentar legítimar medidas inconstitucionales bajo el lema de la lucha contra el delito, en lugar de contribuir a generar un clima de paz social puede marcar una tendencia que conduzca a la adopción de normas regresivas para criminalizar a sectores de la población y restringir sus derechos. No podemos bajo ninguna circunstancia, consentir medidas de fuerza que solo profundizan la violación de DDHH y generan más exclusión social. (Prensa Provea, 15.01.14)