Comunicado-Renuncia-Directorio-BCV

Espacio Público solicita al Directorio del Banco Central de Venezuela (BCV) que publique los datos económicos o renunciar a sus cargos. En el caso que ninguno de estos hechos ocurran, debería activarse el procedimiento para la remoción de este directorio, en aras de restablecer el orden constitucional del sistema económico nacional. La falta de información favorece la persistencia de un contexto de depreciación de la moneda nacional, inseguridad jurídica al máximo nivel e imposibilita cualquier iniciativa de reimpulso y/o crecimiento económico en el país.

A la mitad del tercer trimestre del año 2015, el BCV se sigue absteniendo de producir y publicar los principales indicadores económicos relativos a la  inflación, escasez, Producto Interno Bruto, entre otros, establecidos en el artículo 319 de la Constitución Nacional, los cuales deben hacerse públicos al cumplirse los primeros diez días de cada mes, como ordena el artículo 4 de las Normas que Regulan el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), del año 2008, dictada por el propio BCV.

La opacidad no solo contradice los fundamentos básicos del sistema democrático, en particular la trasparencia y rendición de cuentas de la actuación pública, como lo establece el artículo 141 de la Constitución, sino que dificulta gravemente el ejercicio de la actividad económica. La falta de información oficial solo reproduce una fuente de incertidumbre y empeora la toma de decisiones en los planos gubernamental y privado, según reconocen los Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales de Naciones Unidas, y las Normas Especiales para la Divulgación de Datos del Fondo Monetario Internacional, ambos documentos internacionales suscritos por Venezuela.

La ausencia de la información oficial sobre inflación afectan los derechos humanos de las personas. La política de opacidad que sostiene el BCV niega de modo recurrente el derecho al acceso a la información, establecidos en los artículos 51 y 143 de la Constitución y continua impidiendo el derecho de contraloría ciudadana sobre el ejercicio del poder público, establecidos en el artículo 62 de la CRBV. Igualmente reduce las oportunidades de realización de otros derechos, al existir una relación directa entre el acceso a la información pública y las posibilidades de reclamar mejoras o correctivos sustanciales en otros ámbitos políticos.

Del mismo modo, la falta de información oportuna viola obligaciones previstas en los artículos 19 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en definitiva, genera una creciente desconfianza ciudadana, en la medida en que no promete, ni se vislumbra aún anuncio alguno sobre el momento en que tendrá lugar la divulgación de las estadísticas oficiales.

En tal sentido, debe entenderse que la divulgación adecuada, clara y oportuna de los principales indicadores económicos del país constituye una acción obligatoria para realizar el objetivo fundamental de alcanzar la estabilidad de precios, de modo tal que su incumplimiento pone en riesgo la consecución de este objetivo, además de lesionar parte integral del régimen constitucional económico y de derechos humanos de todas las personas bajo jurisdicción venezolana. No en vano la Constitución en su artículo 319 consagra que “el incumplimiento sin causa justificada del objetivo y de las metas, dará lugar a la remoción del directorio y a sanciones administrativas, de acuerdo con la ley”, refiriéndose a una garantía dirigida a juzgar, cuando sea requerido, la idoneidad de las personas que integran al Banco Central de Venezuela, para preservarlo como órgano rector de la política monetaria nacional.

Por un lado, el procedimiento de remoción del Directorio del Banco Central constituye una vía política obligatoria, si se toma en cuenta que su actuación no es aislada, sino que reitera varios precedentes de abstención en la publicación de estadísticas. En el 2014 se registró el primer retraso importante en la publicación de cifras en los meses junio, julio y agosto, para terminar siendo publicadas en septiembre.

Tampoco el BCV divulgó oportunamente la inflación total del año 2014, sino que lo hizo en febrero de 2015, lo cual, aunado a los más de 2 años sin publicación de la cifra de escasez de alimentos y a la ausencia total de variables por lo que va del año 2015, convierte al Directorio del Banco Central en una institución ineficiente. Todo ello afecta la planificación empresarial, expectativas de inversión en el país, y en general, “la adopción de medidas de políticas públicas, tendentes a mejorar la calidad de vida de la población a través del equilibrio económico y social”, como establecen las Normas que regulan el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

El Tribunal Supremo de Justicia, el 4 de agosto de 2015, dictó una sentencia en la que negó a la población el derecho a estar informada por el BCV respecto de los indicadores económicos de mayor importancia. Además, en los últimos años ningún recurso judicial ha obligado a la administración del ente financiero la entrega inmediata de la información pública, en ninguna materia de su competencia.

Dado que el aumento continuado de los precios de diversos productos, la escasez de alimentos y medicinas deterioran la calidad de vida de las personas, la ausencia de información sobre los principales indicadores económicos agrava la situación porque limita el debate sobre el efecto de las políticas públicas, su alcance y opciones para enfrentar sus consecuencias. Sumada la ausencia de garantías judiciales que permitan resarcir adecudamente el derecho de las personas y de la sociedad a conocer estos datos económicos. El directorio del Banco Central de Venezuela debería de modo inmediato proporcionar los datos que confisca a la sociedad o en su defecto renunciar o iniciarse el proceso de su remoción ante el incumplimiento de sus funciones.

En razón de estos hechos y sus valoraciones, Espacio Público:

1.- Reitera la solicitud al directorio del BCV a que publique de modo inmediato los datos relativos a inflación, escasez y del conjunto de datos macroeconomicos que no publica.

2.- En el caso de mantengan la reiterada política restrictiva de información el Directorio del Banco Central de Venezuela debería renunciar o en su defecto, la activación del procedimiento para la remoción del mismo por parte de las autoridades correspondientes.

3- Solicita al Presidente de la República un pronunciamiento público requiriendo la publicación de esta información, con indicadores técnicos imparciales, confiables, transparentes, claros y precisos, en caso de que el mecanismo anterior no prospere.

Lista de datos no publicados por el BCV

  1. El BCV no ha publicado la inflación en lo que va de año.
  2. El índice de escasez no se publica desde enero de 2014.
  3. El comportamiento de la economía y la balanza de pagos tienen tres trimestres sin informarse.
  4. Desde diciembre de 2013 no se dan los índices de precios de los productos controlados y no controlados, los precios de los productos agrícolas, los precios al mayor, los precios a la construcción y la inflación por estratos.
  5. Los índices de ventas, volumen, valor y precios y producción física no se actualizan desde septiembre de 2013.
  6. El instituto emisor ya lleva cuatro meses sin precisar el financiamiento del Banco Central a las empresas del Estado.
  7. Desde junio de 2012 el BCV no publica el boletín mensual, que detalla los índices de precios y la gestión financiera del Gobierno central.
  8. En 2013 y 2014 el instituto emisor no entregó los informes económicos. (Espacio Público, 17.09.2015)

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