El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró hoy la constitucionalidad del primer decreto-ley dictado por el presidente del país, Hugo Chávez, con los polémicos poderes especiales que le fueron concedidos para que legisle sin control parlamentario hasta mediados de 2012.
La Sala Constitucional del Supremo indicó en un comunicado que esa ley, que crea un fondo especial para reconstrucción de las zonas afectadas por las lluvias de finales de 2010, «es constitucional porque se adecúa a las características de las leyes orgánicas, en cuanto a su forma y contenido».
El vicepresidente, Elías Jaua, remitió el decreto-ley al Tribunal Supremo para que se pronunciara sobre la constitucionalidad de su carácter orgánico, como ordena la Carta Magna de 1999, precisó este viernes la máxima corte en un comunicado de prensa.
Chávez decretó el pasado 26 de diciembre la Ley Orgánica del Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, diez días después de que la amplia mayoría oficialista de la Asamblea Nacional (AN) de entonces le concedió una Ley Habilitante, que le permitirá gobernar por decreto durante 18 meses.
La Habilitante faculta al gobernante para decretar normas con rango de ley, pero establece que las disposiciones promulgadas por el presidente con carácter orgánico deben ser avaladas por el Tribunal Supremo.
Chávez solicitó la Habilitante para hacer frente a la emergencia por las lluvias que azotaron el país entre noviembre y parte de diciembre, que dejaron 38 muertos, más de 130.000 personas afectadas, barrios pobres devastados y vialidad destruida.
La oposición rechazó la concesión de los poderes extraordinarios a Chávez con el argumento de que no eran necesarios para enfrentar la emergencia y de que con ello se hipotecaban las funciones del nuevo Parlamento, que asumió el pasado jueves, y en el que el oficialismo tiene mayoría absoluta pero no cualificada. (El Universal, 07.01.11)