El pasado 27 de abril, el Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, presidido por el juez profesional Liecer Díaz Cuba, postergó por vez número 46 la apertura del juicio oral y público en el caso de José Francisco Matheus. Esta vez, el motivo del diferimiento fue la ausencia de algunos de los acusados. Por lo cual, se cumplen once años de impunidad. “Cuando el Estado no es capaz de generar mecanismos efectivos que posibiliten el logro de justicia y reparen el daño causado en las víctimas y sus familiares, hablamos de impunidad. El proceso de búsqueda de justicia y la obtención de sanciones se dilata por largo tiempo, produciendo un alto desgaste emocional no sólo en la víctima y su familia, sino también en la comunidad”, señaló Diana González, psicóloga de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz.

Síntesis del caso Matheus
El 1 de Marzo del 2000, una comisión de la Policía del Estado Zulia (integrada por Luis Oswaldo Curiel Fernández, Ingribeth Vanesa Morales Ramírez, Wilmer Enrique Ballesteros Ortigoza, Arquímedes Terán, Jefry Enrique Ríos Mavarez, Wilmer Javier Correa Marín, Eddy Segundo Larrazabal Alvarado, José Eugenio Quintero Barreto, José Ramón Rirela Torres, Alberto Enrique Lubo Selen) irrumpió en el domicilio de José Francisco Matheus, sin orden de detención ni allanamiento, y lo detuvieron. No le informaron el motivo. Ninguno de los doce funcionarios que participaron en este procedimiento llevaba esposas, por lo que Matheus fue amarrado con mecate. Uno de los vecinos preguntó el motivo de su detención y le respondieron que estaba detenido por el secuestro de la doctora Maritza Serizawa. Luego, lo llevaron a una serie de sitios como la carretera Palito Blanco, en la intersección del aeropuerto, en el sector Los Dulces, en Maracaibo, estado Zulia; y la División de Investigaciones Penales de la Policía Regional, donde lo torturaron una y otra vez, con variados métodos (desde quemaduras en la piel, descargas eléctricas en partes del cuerpo; inhalación de gases tóxicos, lo que le provocó asfixia; y hasta dislocación de sus brazos) para tratar de que confesara su supuesto crimen, así como el paradero de su supuesta víctima. Como Francisco no contestó porque no sabía, siguió la tortura. Una vez recibido en el Comando Regional Nº 3, tomaron la declaración de Matheus y continuaron “los agotadores interrogatorios”, tras el examen forense. A las 11:30 p.m., el Comandante del Grupo Anti extorsión y Secuestro ordenó su traslado hasta el Retén “El Marite”, sin una orden judicial, ni haber sido puesto a la orden del Ministerio Público o de un juez. José Francisco Matheus González estuvo once días encerrado en una celda oscura, incomunicado, sin luz eléctrica, en condiciones de suciedad y expuesto a los insectos. Sólo se permitió la atención a Matheus por parte de los mismos presos, luego de que estos protestaran a gritos. Días después, fue trasladado a la enfermería y tratado con medicamentos. Finalmente, el prefecto del Municipio, Giancarlo Di Martino, ordenó su libertad. Las investigaciones sobre el caso del secuestro de la doctora Maritza Serizawa demostraron que José Matheus González no tuvo nada que ver con el caso y que no había nada que lo vinculara a él. Sin embargo, para Matheus ya nada sería lo mismo. Once años después, las consecuencias de la tortura continúan.

Cifras de Impunidad
De los 567 casos documentados por la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, en el período 2000-2009, sólo algunos han logrado activar el sistema de administración de justicia venezolano y obtenido de éste un pronunciamiento. En este sentido, es importante resaltar que, la organización ha logrado el pronunciamiento del Ministerio Público en 53 oportunidades, mediante diferentes actos conclusivos. De estos, 36 son acusaciones, que representan el 68%; 10 son archivos fiscales y 7 son sobreseimientos, lo que equivale a 19% y 13%, respectivamente – Cifras del informe sobre Impunidad y Administración de Justicia en Venezuela 2000-2009, Red de Apoyo por la Justicia y la Paz. Caracas, marzo, 2010-. En cuanto a pronunciamientos de los tribunales, podemos decir que en 10 años se han logrado 36 aperturas de juicio, consiguiéndose dieciséis 16 sentencias definitivamente firmes, de las cuales 7 han sido condenatorias y 9 absolutorias. De acuerdo a un análisis de los casos atendidos, podemos señalar que la mayoría de las investigaciones de violaciones a los derechos humanos no superan la fase de la investigación preliminar y han transcurrido hasta seis años sin que el Ministerio Público haya presentado una acusación. Estos hechos dejan entrever las graves deficiencias de un sistema de administración de justicia que no permite el esclarecimiento de los hechos y juega al cansancio de las víctimas.

La impunidad tiene patrón
De acuerdo al estudio de los casos que atendemos, especialmente violaciones el derecho a la vida, la libertad personal, la seguridad e integridad personal e inviolabilidad del hogar, prioritariamente de los sectores populares, hemos detectado que la impunidad está presente a pesar de los cambios significativos producidos con la aprobación del nuevo Código Orgánico Procesal Penal y de la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se generan nuevos patrones de impunidad que, lejos de eliminarla, han permitido que se mantenga. Debemos exigir justicia, no sólo para el caso Matheus, sino para todos los casos de violaciones a los derechos humanos para que prevalezca la justicia. La próxima semana detallaremos cuáles son los patrones de impunidad que se han generado en el sistema judicial venezolano y cuáles recomendaciones hacemos desde la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz para su superación.

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