«Mi conciencia tiene para mí más peso que la opinión de todo el mundo”

Marco Tulio Cicerón

“En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle”

Mahatma Gandhi

¿Qué es la objeción de conciencia? ¿Puedo yo exigirla? El libro “Las Normas Internacionales sobre Objeción de Conciencia al Servicio Militar”, publicación realizada por la Oficina de la Sociedad Religiosa de los Amigos, mejor conocida como “Quakers” (tembladores) o, Cuáqueros, de las Naciones Unidas, escrita por Rachel Brett, nos enseña un poco sobre el tema de la objeción de conciencia y las normas que la amparan en el marco internacional, todo esto con el fin de otorgarnos las herramientas necesarias para conocer nuestros derechos y así adquirir poder sobre el ejercicio de ellos y la forma de exigir su correcto cumplimiento, no sólo en base a la legislación nacional sino también a la internacional.

La objeción de conciencia es el derecho que tenemos hombres y mujeres, como individuos o individuas y como comunidad en general, para rechazar el cumplimiento de leyes o normas jurídicas, o de escenarios en general, en los que se plantee algo que sea contrario a nuestras creencias

Cuando decimos que objetamos, nos referimos a la oposición a una opinión o designio, proponiendo entonces una razón contraria para no realizar dicha instrucción. La objeción de conciencia es el derecho que tenemos hombres y mujeres, como individuos o individuas y como comunidad en general, para rechazar el cumplimiento de leyes o normas jurídicas, o de escenarios en general, en los que se plantee algo que sea contrario a nuestras creencias éticas, morales, filosóficas o religiosas, aun cuando esa instrucción sea una norma proveniente de una autoridad legítima, es decir, por una figura que se reconozca como “de poder”.

Incluso cuando podemos declararnos objetores u objetoras de conciencia sobre diferentes temas o situaciones de nuestra vida, en esta publicación de Naciones Unidas se nos habla puntualmente de una de las formas más usuales de expresar la objeción de conciencia, que es la objeción de conciencia al servicio militar, ya que, por razones no sólo religiosas sino también éticas, filosóficas, morales, etc., muchas personas rechazan la prestación de este servicio.

Un caso famoso de objeción de conciencia, que nos sirve como ejemplo para ilustrar más el tema, es el del campeón mundial de boxeo, Muhammad Alí, quien en 1966 se negó a ingresar al servicio militar porque su religión -el islamismo- le prohibía este tipo de actos. Por su decisión de declararse objetor de conciencia, Muhammad Alí fue sancionado con la pérdida de su título mundial, 5 años de prisión y 10.000 dólares de multa. Sanción que no llegó a cumplir debido a una apelación de la decisión, la cual resultó a su favor.

Sumergiéndonos un poco más en el libro “Las Normas Internacionales sobre Objeción de Conciencia al Servicio Militar”, podremos observar claramente que hay leyes internacionales que nos amparan y respaldan como objetoras u objetores de conciencia. Encontramos, por ejemplo, el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala que la objeción de conciencia es un derecho humano y apunta que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”. Es decir, que por ser un derecho humano, esencial de la persona humana, no podrá ningún Estado decidir si lo otorga o lo deroga, sino que deberá reconocerlo y tutelarlo en su ordenamiento jurídico, y es nuestro derecho exigirlo, aunque ese Estado promueva lo contrario.

Este libro cierra sus páginas con una reflexión sobre la no discriminación, haciendo referencia a que ningún objetor o ninguna objetora de conciencia puede ser discriminado o discriminada por ejercer su derecho.

Como comunidades, debemos ser siempre conscientes de que la lectura de textos que nos aporten conocimientos sobre éste y otros temas de Derechos Humanos  nos permiten una más efectiva defensa de nuestros derechos. Entendiendo nuestros derechos, podremos cumplir mejor con nuestros deberes, en este caso, con el deber de servir a la patria, sea desde la esfera militar o desde la civil. Quedará entonces como nuestra decisión personal. (Revista Calle Sol, África Matute, 01.08.12)

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