Un modo de resolver conflictos en el Estado de Derecho es la intervención pública por la administración de justicia, sacándolos del fuero privado que pudiere llevar a venganzas, desproporción e impunidad. El sentido es pacificar. Cuando el Estado no cumple apropiadamente ese mandato, deja un vacío.

La impunidad dice mucho de la ausencia estatal y del déficit de justicia acompasado por la cifra negra que aunque se estima mundialmente en proporciones enormes, sucede por la incapacidad para detectar los delitos o por la baja tasa de denuncias que en Venezuela ronda 70%, según evaluó Conarepol-2006. A la inversa, alude a Estados más consolidados que la percepción común, sea que habrá respuesta oficial. Que se denuncie poco porque se elige otra salida, se tolere o se desconfía de las instituciones, repercute en más delitos violentos. Prueba de ello se observa desde los 90 en la tendencia a la baja de «casos conocidos», mientras que los homicidios, que son un indicador preciso, han aumentado drásticamente en tres décadas.

El libro Sistema penal y acceso a la justicia (UCV, 2008) sostiene que hay impunidad cuando debiéndose haber establecido la responsabilidad, no se hace: el déficit de justicia se mide por la distancia entre la reparación oportuna a la víctima y el efecto dañino del delito, ambos extremos jurídicamente delimitados. Es importante establecer justicia por medios públicos legales y como consecuencia reducir la impunidad.

Como los «casos conocidos» son sólo una parte, la criminología no se conforma con cifras oficiales y acude a otros medios científicos como las encuestas de victimización, que van a la fuente de información: las víctimas. Así, desde Conarepol-2006 se observó que la ocurrencia de homicidios reportada era parecida a la registrada, pero no así la de secuestros cuyo dato oficial era sólo una dieciseisava parte. Recientemente, el Consejo Nacional de Prevención y Seguridad, junto con el INE, aplicó una encuesta sobre un padrón de 20 mil hogares que promete resultados valiosos para conocer las verdaderas magnitudes delictivas, sin especulaciones ni falsas creencias.

Para que la intervención estatal tenga sentido debe democratizar el acceso a la justicia; por ello, las constituciones lo regulan como garantía-derecho que ordena no sólo tener oportunidad de presentar reclamaciones o denuncias, sino de obtener oportuna y adecuada respuesta (art. 26 de la Constitución). Graves dificultades de acceso son un golpe mortal al Estado democrático, pues su capacidad pacificadora se debilita hasta sustituirla por la fuerza violenta de acciones privadas primitivas (linchamientos, escuadrones) o de agencias públicas enajenadas (ajusticiamientos, delincuencia policial).

Además de fortalecer el sistema de justicia como política de Estado, dado el enorme presupuesto asignado esta década no acorde con su rendimiento ni resultados, debe estimarse dentro de la política de seguridad posible la atención temprana de conflictos mediante un programa basado en variadas formas de resolución en la comunidad, postuladas constitucionalmente (art. 258) y aún en espera por su articulación sustentable.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *