El Observatorio Ciudadano de Justicia Penal y Derechos Humanos está conformado por once organizaciones de derechos humanos que se han dado a la tarea de monitorear la situación de la administración de la justicia penal en el país.
Ello, con la finalidad de presentar recomendaciones al Estado venezolano para contribuir a superar deficiencias, corregir fallas y avanzar hacia un mejor sistema de justicia.
Este Observatorio presentó hace poco un informe que debe generar reflexión en los funcionarios de alto nivel de los poderes públicos en el país. Según el Informe, Venezuela cuenta con 1.840 jueces y juezas en todo el territorio nacional.
984 (54%) son titulares. Del total de jueces y juezas, un poco menos de la mitad son jueces y juezas penales (807), lo cual representa un promedio de casi tres jueces o juezas penales (de control, juicio y ejecución) por cada (100.000) cien mil habitantes, pero en algunos de los estados con más población (Aragua, Anzoátegui, Carabobo, Lara y Zulia), no llega ni siquiera a dos jueces por 100.000 habitantes.
Como lo afirman las organizaciones de DDHH, el asunto es grave, porque en estos estados también las estadísticas muestran que hay mayor delincuencia, especialmente Aragua y Carabobo donde se denuncian más de 20 mil delitos violentos al año, teniendo cada juez que atender, teóricamente, más de 800 denuncias al año, cuando el promedio nacional es de 316 denuncias (delitos conocidos) al año. Suponiendo que, por cada fiscalía con competencia en derechos fundamentales (32), exista al menos un o una fiscal titular y una auxiliar, la capacidad del Ministerio Público de cubrir oportunamente la demanda de casos de violaciones a los derechos humanos (6.422) que se denuncian ante esta institución, es de 174,5 denuncias por fiscal al año.
Frente a tan preocupante situación, el Observatorio propuso un total de 13 recomendaciones, algunas de las cuales son:
1.-Coordinar agendas en materia penal para evitar la suspensión de audiencias por ausencia de las partes.
2.-Promover las Reglas de Brasilia para el acceso a la justicia de grupos en condición de vulnerabilidad.
3.-Promover el Estatuto del Juez Iberoamericano, así como los principios relativos a la excelencia judicial.
4.- Dar instrucciones precisas a los jueces presidentes de circuitos judiciales, jueces rectores, coordinadores de las oficinas de atención al público de todas las circunscripciones judiciales, sobre la obligación de facilitar el acceso a la información a los familiares y víctimas de violación de DDHH en todo el proceso penal.
El observatorio es un ejemplo de contraloría social. Varias organizaciones se agrupan para monitorear al Estado en una de sus obligaciones, realizan un diagnóstico y presentan recomendaciones. Queda de parte de los funcionarios analizar el informe y las propuestas.