Para los arrendatarios que han escuchado esperanzados al Comandante Presidente acerca de la posible solución al problema de los inquilinos que habitan edificios viejos, no lucen convincentes las últimas declaraciones de Darío Vivas, primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, donde plantea que “después de un período de tiempo, el dinero pagado por el alquiler sea utilizado como una inicial para la compra de la vivienda.”

Se habla de inicial -término eliminado en la Ley Prestacional de Vivienda- pero no explican ¿qué pasará con las familias que no califiquen para el resto del crédito? ¿dónde irán después de treinta y cinco o cuarenta años si el propietario está decidido a vender? ¿querrá decir Darío que después de 40 años pagando alquiler hay que pagarle al dueño el 70% del justiprecio estimado considerando que la cuota inicial normalmente es el 30%?

Lo comprendido por los inquilinos en las palabras del Comandante Presidente es que ellos ya han pagado y requetepagado esas viviendas, y sólo esperan la legalización de la propiedad.

Es de justicia que los inquilinos creyentes de una revolución socialista confíen una solución de penuria de la vivienda como tal. Ellos esperan la seguridad de una vivienda.

Para algunos diputados seudos revolucionarios “el inquilino lo que desea es que le regalen la vivienda”. ¿Y por qué nó?. Éste lleva más de 40 años siendo explotado en su propia tierra mayormente por un extranjero que ni siquiera vive en el país.

Esto no quiere decir que no existan inquilinos que deseen pagar la vivienda a un justiprecio, al poseer ellos recursos o ayuda económica.

Voy a hacer una comparación odiosa: a los invasores de terrenos urbanos los ayudan dotándoles bloques, cemento, cabillas y otros para que construyan viviendas en el terreno invadido, y ningún ente gubernamental ni judicial actúa en su contra.

Sin embargo, a los inquilinos se les desaloja a la fuerza, con operaciones comando, lanzándoles los muebles a un camión, maltratándo a la familia y nadie dice nada ¿A qué se debe la complacencia?

¿Cuál ilícito es mayor: invadir o caer en morosidad por no pagar tres meses de renta? Alguien se ha preguntado ¿por qué el atraso? Muchas veces se ha negado el derecho a la defensa, como ocurre con la eliminación de la ley de la posibilidad de solventarse pagando la deuda atrasada y finalizando así el juicio de desalojo. (Maglene Sierraalta, 20.07.10, http://asocib.blogspot.com/)

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