rafael uzcateguiEn diferentes foros realizados por Provea para difundir los resultados del reciente informe “Venezuela 2014: Protestas y derechos humanos”, realizado junto a 8 organizaciones del país, se ha repetido la pregunta: ¿Provea pide la libertad para quien haya quemado un autobús? Nuestra respuesta, y la de cualquier organización de derechos humanos del país es “No”.

Otra interrogante, que acompaña a la primera es “¿Por qué Provea no denuncia a quien –por ejemplo- incendió una unidad de transporte público? Nuestra contestación es “Porque eso es un delito y no una violación a los derechos humanos, y es de competencia de las autoridades”.

La confusión entre “delito” y “violación a los derechos humanos” no es obra únicamente del poco conocimiento del ciudadano común en la materia, sino que ha sido conscientemente promovido por el gobierno del presidente Nicolás Maduro.

Calificar de “violación de derechos humanos” a los delitos cometidos por particulares crea condiciones para la impunidad de las reales vulneraciones

Un hecho corrobora esta afirmación: La publicación realizada por el Ministerio de Comunicación e Información titulada “Derechos Humanos en Revolución y cómo la derecha los viola”, en donde su primer párrafo asegura: “Cuando un grupo de personas con fines políticos destruye bienes públicos, daña el ambiente, tranca calles, impide la salida de las personas de sus hogares y lugares de trabajo, amenazan a los transeúntes, dispara contra los que intentan despejar las vías para transitar o a quienes se identifican con una posición distinta a la que ellos profesan, entonces se está ante una descarada violación de los derechos humanos”.

Todas las situaciones descritas, salvo la tranca de calles, no son violaciones a los derechos humanos, son delitos.

La gran diferencia entre un delito y la violación a los derechos humanos es que el primero es cometido por ciudadanos y, el segundo, por funcionarios estatales.

Cuando una persona asesina a otra la calificación es diferente si es una persona común y corriente o un funcionario policial o militar. La primera es un homicidio, la segunda es una violación a los derechos humanos. Los delitos, y sus sanciones, están claramente tipificados en el Código Penal, mientras que las violaciones a los derechos humanos se encuentran dispersos en diferentes normativas. Los delitos tienen fecha de prescripción si los responsables no son sentenciados en un plazo de tiempo determinado, mientras que las violaciones a los derechos humanos no tienen fecha de vencimiento para los responsables.

Las violaciones a los derechos humanos dan muy mala prensa, por eso algunos gobiernos están enfocando muchos esfuerzos para calificar como “violaciones de derechos humanos” a cualquier cosa, y de esta manera distribuir las culpas entre muchos, para que se note menos las reales violaciones a los derechos humanos realizadas por las autoridades.

Una organización de derechos humanos como Provea no se pronuncia sobre delitos sencillamente porque exceden su ámbito de trabajo. Sobre ellos debe abocarse la Fiscalía y los organismos de investigación. Lo que sí es competencia de las ONGs es que se respete el debido proceso en el transcurso de las pesquisas, que los tribunales garanticen el derecho a la justicia a los imputados y que durante la privación de libertad, antes y después de la sentencia, no se vulnere el derecho a la integridad de los procesados.

Ninguna persona acusada de la comisión de algún delito, aunque sea sentenciado como culpable, pierde sus derechos humanos. Por velar que esto último se respete históricamente las mentes más oscuras han calificado a las organizaciones como “defensoras de delincuentes”.

En el caso de una vulneración a los derechos humanos es obligación de una organización como Provea colocarse al lado de las víctimas para denunciar a sus victimarios, independientemente de su color, status o filiación política. Provea tiene como valores, insobornables y no hipotecables, el respeto y promoción a los valores que dan materialización a la dignidad humana.

La fidelidad a estos principios fue respetada entre los años 1988 y 1998, a pesar de todas las amenazas y obstáculos. Esa misma actitud ha sido el norte de la organización a partir del año 1999 hasta hoy. Y lo será el día de mañana, cualquiera que sea esté en cargos de administración pública. Delitos son cosas de policías, tribunales y carceleros. Violaciones de derechos humanos son inherentes a los activistas.

Calificar de “violación de derechos humanos” a los delitos cometidos por particulares crea condiciones para la impunidad de las reales vulneraciones. Es falso que “todos violamos los derechos humanos”, quienes lo hacen son –única y exclusivamente- los funcionarios estatales. Los contrabandos conceptuales persiguen “socializar” las culpas en muchos para que finalmente ninguno, especialmente quienes pertenecen a los cuerpos policiales y militares, sea efectivamente sancionado por ello.

La Defensoría del Pueblo, que en sus informes de gestión exhibe como principal logro la realización de cursos de derechos humanos por todo el país, debería comenzar por los altos funcionarios gubernamentales, empezando por los del Ministerio de Comunicación e Información.

(*) Coordinador de Investigación de Provea
www.derechos.org.ve
[email protected]
@fanzinero

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