El fenómeno de la corrupción, como uno de los vicios de la gestión pública, es un problema que impacta en el libre ejercicio de los derechos humanos por parte de la ciudadanía. Cuando es generalizada, puede corroer la estructura del Estado e impedir el cumplimiento de obligaciones necesarias para la vigencia de los derechos (seguridad, vida, salud, educación, alimentación, vivienda, entre otros); en tanto, implica abusos de poder por parte de funcionarias o funcionarios o la desviación de recursos que dejan de ser invertidos en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas; ello afecta especialmente a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, ya que suelen depender en mayor grado de las políticas gubernamentales, incluso para su subsistencia.
Ante este escenario, la lucha contra la corrupción y el control de la gestión gubernamental, cobran vital importancia. La participación de la ciudadanía en el control de la cosa Pública, se configura como una herramienta fundamental en la consolidación de espacios de articulación y exigencia, siempre desde el cumplimiento de los valores democráticos para la participación en los procesos de transparencia y rendición de cuentas por parte de los entes públicos, así como la contraloría social, establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El principio / derecho de Contraloría Social, representa el elemento más accesible a los ciudadanos y ciudadanas – ejercido individual y colectivamente – mediante el cual las personas pueden minimizar la situación de ventaja en que se encuentran las y los funcionarios del Estado que tienen la posibilidad de abusar del poder que le es conferido por la población en representación de sus intereses, bien sea a través de actos de corrupción menor (que sufren las personas en su interacción con los funcionarios y funcionarias) o corrupción mayor (vinculada a la alta esfera pública donde se formulan las políticas).
Qué es la Contraloría Social
Como mencionamos, la contraloría social se ejerce sobre las actividades que involucran diferentes aspectos de la vida: social, económico, político, cultural, y un largo etcétera. En cualquier caso debe comprenderse a la Contraloría como la capacidad que tienen las personas para exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Transparencia y Rendición de cuentas en su gestión, y para ello las personas pueden integrarse de manera libre y voluntaria bajo la forma organizativa que decidan de acuerdo a sus necesidades y capacidades (artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Popular).
El ejercicio de este derecho, regulado además en la Ley Orgánica de Contraloría Social, tiene por finalidad la promoción y desarrollo de una cultura del control social como mecanismo de acción en la vigilancia, supervisión, seguimiento y control de los asuntos públicos que incidan en el bienestar común; a la vez que fomenta el trabajo articulado entre instancias gubernamentales y las diferentes expresiones y organizaciones sociales agrupadas en torno al tema de asegurar que los servidores públicos rindan cuenta de sus actuaciones, desde el deber del Estado de garantizar que los ciudadanos puedan ejercer este derecho, obtener respuestas por parte de los funcionarios sobre los requerimientos de información y documentación relacionados con su función de control.
También, permite que la ciudadanía en general pueda exigir que los funcionarios públicos[1] rindan cuentas de sus actuaciones lo cual hace que las comunidades organizadas tengan un mayor control de la gestión.
De acuerdo a la Ley, la Contraloría Social, desde la perspectiva de derechos humanos y lucha contra la corrupción, nos da la oportunidad de ejercer acciones para la prevención y corrección de comportamientos, actitudes y acciones que sean contrarios a los intereses sociales y a la ética en el desempeño de las funciones públicas en detrimento del ejercicio de los derechos, pero también en las actividades de producción, distribución, intercambio, comercialización y suministro de bienes y servicios necesarios para el desarrollo y calidad de vida de la población, especialmente aquellas realizadas por el sector público.
Finalmente, es importante señalar que no se trata de exigir por exigir, sino de comprender que el Estado administra y utiliza nuestros recursos, y eso nos lleva a tener un compromiso activo en el control de la gestión de los entes públicos, pero sobre todo a erradicar la cultura del “papá Estado”, trascender el conformismo y la espera pasiva y resignarnos a que no rinda cuentas u ofrezca información pública a la ciudadanía.
La Contraloría social, requiere el empoderamiento de la población, la comprensión de los valores democráticos de participación e involucramiento en los asuntos públicos, asumir la transparencia y la rendición de cuentas como la regla y no una excepción. Es necesario entender que todo lo que suceda en la gestión de los gobernantes nos afecta directa o indirectamente y por tanto debe ser controlada.
[1] en su sentido amplio entendido como cualquier persona que ejerce funciones o actúa en representación del Estado según señala el Código de Ética para las Servidoras y los Servidores públicos Código de Ética para las Servidoras y los Servidores públicos. Gaceta oficial 40.314 del 12 de diciembre de 2013.
Francisco Martínez Montero