Según el consenso de expertos en materia de condiciones y medio ambiente de trabajo, el tener condiciones laborales seguras constituye un derecho humano fundamental. Las cifras del 2005, estimaron que en el país ocurrieron por lo menos 287.000 accidentes de trabajo, más de 700 diarios, de los cuales 1500 ocasionaron pérdidas de vidas. Estudios internacionales afirman que por lo menos el 10% de los accidentes dejan algún tipo de secuelas o incapacidad. Las principales enfermedades, relacionadas con el trabajo, ocurridas en Venezuela son trastornos músculo–esqueléticos (hernias discales), intoxicaciones: plomo, mercurio, solventes y plaguicidas, enfermedades respiratorias, hipoacusia (sordera) y enfermedades de la piel. Las pérdidas por esta causa para países industrializados como el nuestro pueden llegar hasta 10 puntos del Producto Interno Bruto (PIB).
La seguridad laboral se encuentra establecida en el artículo 87 de la Constitución y normada en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat). Con este articulado, entre otros derechos, los y las trabajadoras pueden participar en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo y en la prevención de enfermedades y accidentes profesionales. Asimismo, pueden elegir delegados o delegadas de prevención, así como la constitución de los Comités de Seguridad y Salud Laborales.
Provea invita a todos los trabajadores del país a conocer la Lopcymat, y organizándose en sus centros de trabajo mediante los mecanismos estipulados en la misma, velar por su efectivo cumplimiento y garantizar así su derecho a un ambiente laboral seguro y digno.
(Prensa Provea, 16.07.06)