Una lectora nos preguntó: ¿Es posible que una mujer trabajadora en estado de embarazo que a su vez es dirigente sindical, goce de doble inamovilidad?
Si es posible. Por medio de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) el Estado ha creado un sistema de protección jurídica tanto para la mujer en estado de gravidez como para todos aquellos trabajadores que son electos para funciones sindicales.
La mujer trabajadora goza de inamovilidad durante todo el embarazo y hasta un año después del parto. En ese lapso, sólo puede ser despedida si comete algún hecho en el trabajo que sea causa justificada de despido, pero antes de proceder al despido el patrón debe solicitar la autorización a la Inspectoría General del Trabajo, que calificará la procedencia o no del despido.
Si además es sindicalista, gozará de inamovilidad durante todo el tiempo que dure en sus funciones sindicales, aún después de culminado la inamovilidad por estado de gravidez e igualmente, el despido sólo procederá previa calificación de la Inspectoría General del Trabajo.
Prensa Provea, 21.07.05