Examen Periódico Universal (EPU)
La resolución de la Asamblea General 60/251, que creó el Consejo de Derechos Humanos (CDH), decidió que el Consejo “realizará un examen periódico universal, basado en información objetiva y fidedigna, sobre el cumplimiento por cada Estado de sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos de una forma que garantice la universalidad del examen y la igualdad de trato respecto de todos los Estados; el examen será un mecanismo cooperativo, basado en un diálogo interactivo, con la participación plena del país de que se trate y teniendo en consideración sus necesidades de fomento de la capacidad; dicho mecanismo complementará y no duplicará la labor de los órganos creados en virtud de tratados”(articulo 5 (e)).
La base del examen, sus principios y objetivos, sus proceso y modalidades, así como el resultado del examen están señaladas en la resolución 5/1, adoptada por el CDH el 18 de junio de 2007, y contenida en el informe de la Quinta sesión (llamada “Construcción Institucional del Consejo de Derechos Humanos”) disponible en los seis idiomas de la ONU, en el siguiente enlace: http://www.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/
La Resolución 5/1 permite una participación activa de las instituciones nacionales en el mecanismo del EPU. El EPU debe “asegurar la participación de todos los actores interesados pertinentes, con inclusión de las organizaciones no gubernamentales y de las instituciones nacionales de derechos humanos, de conformidad con la resolución 60/251 de la Asamblea General de 15 de marzo de 2006 y la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social de 25 de julio de 1996, así como cualquier decisión que el Consejo pueda adoptar al respecto”. (Párrafo 3 (m))
1. Objetivos del EPU
Los objetivos del examen son:
(a) El mejoramiento de la situación de los derechos humanos en el terreno.
(b) El cumplimiento de las obligaciones y los compromisos del Estado en materia de derechos humanos y la evaluación de los avances y los retos a los que se enfrenta.
(c) El fortalecimiento de la capacidad del Estado y de la asistencia técnica, en consulta con el Estado examinado y con su consentimiento.
(d) El intercambio de las mejores prácticas entre los Estados y otros actores interesados.
(e) El apoyo a la cooperación en la promoción y protección de los derechos humanos.
(f) El fomento de la plena cooperación y el compromiso con el Consejo, otros órganos de derechos humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Conozca más sobre el Exámen Periódico Universal en el siguiente enlace
Informes de las Organizaciones No Gubernamentales venezolanas remitidos al Exámen Periódico Universal:
– Informe Provea, Convite y Acción Solidaria
– Informe Observatorio Venezolano de Prisiones
– Informe Foro por la Vida
– Informe Centro Derechos Humanos UCAB
– Informe Espacio Público
-Informe red de la sociedad civil Sinergia
-Informe de la Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes
-Informe de Una Ventana a la libertad
-Informe de Observatorio de Mujeres
-Informe de Red de Apoyo por la Justicia y la Paz
-Informe de Diverlex
-Informe de Control Ciudadano
-Informe de Asociación de Ganaderos del Estado Tachira
-Informe de Aguaclara
-Informe de Movimiento por la calidad del agua
-Informe de Cofavic
-Informe Paz Activa
-Informe Federación de Centros Universitarios UCV
-Informe Conapro
-Informe INCOSEC
-Informe ProVene
-Informe Fundación Reflejos
Informes de las Organizaciones No Gubernamentales internacionales remitidos al Exámen Periódico Universal:
-Informe de Human Right Wacth
-Informe Venezuela Awarness
Informe del Estado Venezolano para el Examen Periódico Universal:
-Informe del Estado venezolano para el EPU
Informes de la oficina de la Alta Comisionada en Derechos Humanos de Naciones Unidas:
-Informe de compilación para el EPU de Alta Comisionada en Derechos Humanos de Naciones Unidas