La Defensoría del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela expresa su pesar por la muerte del ciudadano Franklin José Brito Rodríguez.
Desde el año 2005, cuando el ciudadano Franklin Brito inició su huelga de hambre en las inmediaciones de la Plaza Miranda de la ciudad de Caracas, la Defensoría del Pueblo, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, se abocó decididamente a verificar y hacer seguimiento a todos los reclamos formulados por este ciudadano ante las instancias correspondientes, registrándose más de cincuenta actuaciones defensoriales, incluidas 30 visitas a sus lugares de protesta, así como a los centros asistenciales de salud donde permaneció recluido.
Como resultado de labor desempeñada por esta Institución Nacional de Derechos Humanos, se pudo constatar que los diversos organismos del Estado involucrados en el presente caso brindaron al precitado ciudadano la debida atención y respuesta a sus peticiones, tanto en vía administrativa como judicial, llegando incluso a adoptar medidas de carácter humanitario a su favor que afectaron negativamente derechos adquiridos a personas ajenas a este conflicto.
De igual forma, se pudo evidenciar que las instituciones del Estado venezolano actuaron articuladamente en procura del resguardo de su derecho a la vida, adoptando todas las medidas a su alcance para hacer efectiva esta garantía a pesar de la poca colaboración brindada para ello por el afectado y su grupo familiar. No obstante, el avanzado deterioro de sus condiciones de salud, derivado de los diversos y prolongados períodos de ayuno voluntario, condujo irremediablemente al desenlace de este caso.
En ese sentido, la atención y cuidado del ciudadano Franklin Brito, así como la intención de arribar a soluciones amistosas que respondieran satisfactoriamente a sus requerimientos, fue asumida por el Estado venezolano como un asunto de alta prioridad, para lo cual se agotaron todos los mecanismos nacionales e internacionales disponibles, incluida la atención médica personalizada de la Cruz Roja Venezolana y así lo ha reconocido expresamente el Coordinador Residente del Programa de Naciones Unidas en Venezuela.
Por otra parte, desde la Defensoría del Pueblo rechazamos vehementemente la utilización de la muerte del señor Franklin Brito como estrategia proselitista por parte de inescrupulosos sectores partidistas y medios de comunicación social, en procura de beneficios electorales en los venideros comicios parlamentarios, lo cual desdice su compromiso con los valores del respeto a la dignidad humana como eje central de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de todos los derechos humanos.
Finalmente, como Institución Nacional de Derechos Humanos reiteramos que continuaremos firmes en nuestra labor de promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos de todas las personas.
Caracas, 02 de septiembre de 2010
Gabriela del Mar Ramírez Pérez
Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela