Reynaldo Díaz, Secretario General del Sindicato de Trabajadores Eléctricos, Similares y Conexos del distrito Capital, estado Miranda y estado Vargas, e integrante del Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores Eléctricos de Venezuela (Fetraelec) denunció ante la Unidad de Atención a la Víctima del Ministerio Público, la agresión sufrida este jueves 04.05.2016 durante una reunión ampliada del Comité Ejecutivo de dicha Federación, en la que se discutirían estrategias para lograr la firma del contrato colectivo del sector eléctrico, vencido desde hace 5 años.
La agresión denunciada por Díaz involucra a dos miembros del Sindicato Unitario de Trabajadores Eléctricos del estado Bolívar (SUTEB) afiliado a Fetraelec, y que de acuerdo a lo indicado por el afectado al Ministerio Público, están plenamente identificados por testigos del hecho y por el registro audiovisual de los actos de violencia ocurridos durante la referida reunión. Díaz explicó que las agresiones comenzaron desde que se intentó impedirle el derecho de palabra en el acto, lo que posteriormente generó que fuera golpeado, derribado y pateado mientras estaba en el suelo. Aún exhibe hematomas en la región dorsal y abdominal de su cuerpo debido a las agresiones sufridas. El Ministerio Público, ordenó la práctica de un examen médico legal en la sede de la medicatura forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en Bello Monte, Caracas, cuyos resultados serán consignados por el agraviado este lunes 09.05.2015 ante la Fiscalía comisionada para investigar los hechos.
Uno de los agresores es identificado por el denunciante y sus testigos cómo Francisco Alarcón, quién además de ser directivo de SUTEB ocupa el cargo de Responsable de Asuntos Internacionales de FETRAELEC. Informó Díaz que el otro agraviante es el Secretario de Reclamos del SUTEB. Según indicó la víctima, Alarcón es afecto a la fracción sindical del presidente de Fetraelec, Ángel Navas, por lo que asegura que las agresiones fueron alentadas por este último.
Reynaldo Díaz relató que este incidente se produjo en el marco de la lucha por impulsar la firma del contrato colectivo del sector, «que debe apuntar a mejorar las condiciones salariales y laborales de los trabajadores eléctricos, ya que el actual acusa un vencimiento de 5 años y tiene año y medio en discusión». Apunta que en ese contexto han surgido diferencias entre las corrientes sindicales: «Hemos advertido dos cosas: que el monto final del salario no sea un absoluto, sino que se mantenga la escalabilidad [sic] con base en niveles calculados del salario mínimo que fije el ejecutivo».
Actos de hostigamiento
Díaz informó que el mismo 04.05.2016 mientras presentaba la denuncia ante el Ministerio Público, la sede del sindicato que preside, ubicada en el Municipio Chacao, fue visitada por dos funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN). Esta visita se repitió al día siguiente. Según indica, los agentes del Sebin manifestaron estar al tanto de lo sucedido y dijeron que querían «contactarlo para hablar del tema». El dirigente sindical dijo no estar en conocimiento de investigación alguna por lo ocurrido, salvo las propias denuncias que formuló el mismo día de la referida visita. Además, dijo no conocer a ningún funcionario de dicho cuerpo policial, desmintiendo las afirmaciones hechas por los agentes que durante la visita a la sede sindical dijeron al personal administrativo que el trabajador «los conocía».
«No conozco a ningún agente de ese cuerpo de seguridad, ni me habían contactado previamente a los sucesos», enfatiza al tiempo de señalar que podría estar siendo víctima de actos de hostigamiento por parte del cuerpo de inteligencia.
Provea estará atenta a las denuncias de agresión y presuntos actos de hostigamiento contra este dirigente sindical. El Estado debe brindar garantías para la seguridad e integridad física de Reynaldo Díaz, e impedir la realización de actos de hostigamiento y obstáculos al ejercicio de su labor como defensor de derechos humanos laborales. Un entorno de amenaza y obstáculos para el ejercicio de la actividad sindical, amenazará e impedirá el ejercicio pleno del derecho a la libertad sindical consagrado en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscrito y ratificado por Venezuela, en la Constitución Nacional y en la legislación laboral vigente. (Prensa Provea)